EB-2 Profesionales con títulos avanzados o personas de habilidad excepcional


En esta preferencia migratoria hay también tres perfiles. El primero corresponde a extranjeros de habilidades excepcionales en las ciencias, artes o negocios que gracias a estas características beneficiarán sustancialmente la economía nacional de Estados Unidos, sus intereses culturales o educativos o el bienestar del país en general. El segundo a aquellos profesionales con grados o títulos avanzados o su equivalente (superiores a una licenciatura). El tercero a médicos extranjeros calificados que vayan a ejercer la medicina en un área de Estados Unidos certificada por el Departamento de Salud y Servicios Humanos como de escasos servicios médicos.

El CIS aclara que la petición por un extranjero profesional de grados avanzados o su equivalente debe hacerse cuando el puesto de empleo así lo requiera y el potencial inmigrante los tenga. En este caso la petición debe incluir records académicos oficiales de títulos obtenidos en Estados Unidos o sus equivalentes extranjeros que prueben que la persona tiene maestrías, doctorados, etc. Si la persona sólo tiene una licenciatura puede calificar bajo el apartado «equivalente» si puede demostrar con cartas de empleadores pasados o uno actual que tiene cinco años de experiencia progresiva post licenciatura en la especialidad requerida por la empresa patrocinadora, amén de mostrar sus títulos académicos oficiales de la licenciatura obtenida en Estados Unidos o su equivalente en el exterior.

Para probar habilidades excepcionales en las ciencias, artes o negocios se deben documentar tres de los siguientes requerimientos:
1- Récord oficial académico que muestre que la persona tiene un grado, diploma, certificado o premio de una institución educativa, universidad, escuela u otra entidad de enseñanza relacionada con el área de habilidad excepcional.
2- Cartas que documenten al menos 10 años de experiencia a tiempo completo en la ocupación para la que busca emplearse en Estados Unidos.
3- Una licencia para ejercer la profesión o certificación para una profesión particular u ocupación.
4- Evidencia de que el extranjero ha percibido un salario u otra remuneración por proveer servicios que demuestren habilidad excepcional.
5- Membresía en asociaciones profesionales.
6- Reconocimiento por logros y contribuciones significativas a la industria o campo por parte de colegas, entidades gubernamentales, profesionales u organizaciones de negocios.

En este caso el CIS permite que se presente otra evidencia comparable si las mencionadas no aplican para la ocupación del extranjero.

El CIS dice que «generalmente» las peticiones bajo la preferencia EB-2 deben ser acompañadas por una certificación laboral aprobada (forma ETA-750 del DOL). Pero hay circunstancias particulares que pueden no requerirla. Igualmente, si el potencial inmigrante es un trabajador con habilidades excepcionales en las ciencias, arte o negocios puede pedir que se le exonere del requisito de tener una oferta de empleo si esta exoneración representa un interés nacional para Estados Unidos. Es decir que en este caso puede «auto-pedirse».

«Si se puede probar que la persona ha alcanzado un desempeño destacado en su trabajo en un campo de interés nacional y que va a continuar su labor en esa área en Estados Unidos, entonces se puede eximir el requisito de tener una oferta de trabajo y hacer la certificación laboral», explica el abogado de inmigración Joshua Bratter del bufete Bratter Krieger en Miami Beach.

Esta preferencia se anota 40.040 visas de inmigrante anualmente.

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