Reemplazo de green cards sin vencimiento


El pasado 22 de agosto el US Citizenship and Immigration Services publicó la propuesta de una norma que exigiría a personas que sean residentes permanentes de Estados Unidos con una green card o tarjeta de residencia sin fecha de expiración a que la reemplacen por una que tenga validez por 10 años. Se aclara que es la vigencia de la tarjeta lo que cambiaría y no la residencia permanente que no sería de ningún modo afectada porque es de carácter indefinido. Los comentarios a esta propuesta se recibieron hasta el 21 de septiembre de 2007 y se espera una resolución final.

En caso de darse como lo desea el USCIS, las personas tendrían 120 días desde la fecha de entrada en vigencia de la norma para someter sus tarjetas. El USCIS asegura que «la renovación es una oportunidad para actualizar la fotografía y otros aspectos biométricos de la tarjeta. Además, al renovarla, el/la titular obtiene una tarjeta más moderna y segura, lo que también significa que habrá menos versiones en circulación». La tarjeta de residencia es una prueba de que la persona es residente permanente de EEUU y tiene derecho a vivir y a trabajar en el país. «Mientras se encuentren en los Estados Unidos, los residentes permanentes tienen la obligación de portar en todo momento sus tarjetas, a las que comúnmente se les denomina ‘green cards'», detalla.

Esta entidad explica que antes de agosto de 1989, las green cards se emitían sin fecha de vencimiento, habiéndose anulado las expedidas antes de 1977 (para suplantarlas por tarjetas de 10 años), y que las emitidas entre 1977 y 1989 todavía están en circulación. «Para velar por que las Tarjetas de Residente Permanente en circulación cumplan eficazmente con el propósito de ser una prueba de identidad y de que se tiene autorización para trabajar, el USCIS está proponiendo que se exija a los residentes permanentes legales reemplazar las tarjetas sin fecha de vencimiento y que las mismas se invaliden». Las personas que tengan que acometer el trámite deberán pagar $370 (forma I-551) y es una exigencia obligatoria, si se aprueba la norma propuesta. Estén pendientes para más detalles conéctense al website oficial del USCIS www.uscis.gov o llamen al T + 1-800-375-5283, su número de atención al público (atienden en español).

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