Qué
aporta el patrono y qué el empleado
Payroll taxes: deducciones del
salario
Cuando se negocia un sueldo anual es importante estar claros sobre
las deducciones mensuales que tendrá el cheque de pago,
porque no todo el dinero entra a las arcas personales. Ciertos
porcentajes fijos van a parar a las manos del Servicio de Rentas
Internas, el Seguro Social, Medicare y los fondos de desempleo.
Los cargos son deducidos directamente por el empleador, a quien
le toca aportar igualmente sobre cada trabajador en nómina.
Y deberán ser pagados por el propio trabajador si labora
de forma independiente.
La cancelación
a tiempo de estas obligaciones monetarias con las distintas entidades
gubernamentales evita enfrentarse a multas o pagos retroactivos
y abona el terreno para recibir beneficios más adelante,
si la persona queda desempleada súbitamente o para cuando
decida retirarse del mundo del trabajo remunerado.
Saber de antemano
al abrir un negocio a qué compromisos se enfrenta el empresario
en torno a la nómina de pago y a la forma de someter esos
impuestos ayuda bastante al planificar el presupuesto y el tamaño
de la plantilla de trabajadores que podrá sostener.
El Paracaidista
trae esta información para alisar el camino y promover
la comprensión de qué impuestos por ley se deben
deducir de un cheque de pago de salario, para que cada quien sepa
cuánto le van a costar los empleados y el verdadero monto
de sueldo que entrará al bolsillo y por qué.
"Su empleador
debe retener impuestos del salario y pagar impuestos de desempleo
sobre el salario que usted recibe", indica Barbara Terry,
Especialista en Impuestos y Vocera del Internal Revenue Service
(IRS o Servicio de Rentas Internas) a nuestra publicación.
¿Pero qué le corresponde al trabajador contratado
y qué al patrono? Un experto en contabilidad empresarial,
el contador público Carlos Román de la empresa contable
Carlos Román & Associates, P.A. con sedes en Kendall
y Hialeah, en Miami-Dade lo detalla a El Paracaidista:
"Los que se deben deducir y que corresponden al empleado
son: Federal Withholding [impuestos federales], Social Security
y Medicare. El empleador debe aportar por lo siguiente: Social
Security [el aporte de la compañía], el mismo porcentaje
que da el empleado, y Medicare. También debe pagar el Federal
Unemployment Tax [impuesto de desempleo federal]. En Florida debe
pagar el State Unemployment Tax [impuesto de desempleo del estado].
El empleador retiene las deducciones correspondientes y las envía
al gobierno". Las formas usadas son la 940, 941 y la UCT.
Las cantidades a sufragarse son siempre porcentajes del salario
mismo. Román explica que la cantidad a deducirse por Federal
Withholding, el conocido income tax o impuesto al ingreso
"va a depender de algunos factores tales como si la persona
es soltera, casada, o tiene algún dependiente (hijos, o
algún familiar que califique)". Y cada año
hay cambios sobre esto.
Al IRS se
le paga un porcentaje (deducido directamente del sueldo por el
empleador) de acuerdo a la categoría que haya puesto la
persona en su planilla de contratación: "El sistema
de impuestos americano está dividido en lo que se llama
'brackets' [bloques o rangos] que son distintos niveles porcentuales
que van desde el 10% a un máximo del 35%", explica
la contadora Annie Lapham, del estudio contable Cervetta-Lapham
& Associates, en Miami. Indica que éstos se aplican
a los distintos niveles de ingreso, según el estado civil,
entre otras consideraciones. Los porcentajes reflejan una guía
aproximada de cuánto deben pagar en impuestos sobre los
ingresos obtenidos en un año quienes perciban dinero en
Estados Unidos, pero la cantidad real a pagarse se establece luego
de restarse las deducciones y créditos aplicables a cada
caso y según cada situación individual y esto se
resuelve cuando se hace la declaración de impuesto cada
año. Sin embargo, la sustracción que se hace al
cheque de pago va del 10% al 35%, según la categoría
que haya señalado la persona al ser contratada.
María
Díaz, Especialista de Asuntos Públicos de la Administración
del Seguro Social desgrana lo que a su agencia compete: "La
tasa de impuesto es de 7.65%. Esta tasa combina el Seguro Social
y el Medicare. La porción de Seguro Social (OASDI) es 6.20%
sobre ingresos hasta la cantidad máxima tributable, que
en 2007 es $97.500. La porción de Medicare (HI) es 1.45%
sobre todas las ganancias". Eso es lo deducido al empleado
de su cheque.
El empleador
debe equiparar ese porcentaje de Seguro Social y Medicare, aclara
Carlos Román, y pagarlo por cada empleado. Es decir, si
el salario bruto mensual es de $3.200, entonces $244.80 de eso
debe aportar el empleado y el patrono debe abonar la misma cantidad,
así el impuesto total por SS y Medicare que se paga por
ese empleado es de $489.60, la mitad es deducida el sueldo del
trabajador y la otra mitad de los fondos de la empresa.
La compañía
debe cancelar asimismo los impuestos de desempleo federal y estatal
que son obligaciones de la empresa. El Federal Unemployment Tax
o FUTAX es de 0.8% sobre los primeros $7.000 de cada empleado
"siempre y cuando todo esté en regla y se estén
haciendo los pagos a tiempo, porque puede haber incrementos si
no", advierte el contador público. "Para el State
Unemployment Tax (SUTA) por los primero 7 mil dólares,
el empleador aporta un 2.7%, cuando la empresa está empezando,
pero aquí el porcentaje es variable dependiendo del análisis
que haga el estado de Florida de la cuenta [de la nómina],
afecta el movimiento de empleados [que salen y entran de la empresa]
y si pagan a tiempo o atrasados".
Sobre si el
trabajador tiene alguna diferencia en el porcentaje de deducciones
si es un empleado a tiempo completo (40 horas semanales) o a tiempo
parcial (20 horas o menos), Carlos Román detalla: "Por
lo general, si no hay alguna excepción, se debería
aplicar el mismo criterio para cualquier empleado sin importar
el tiempo que trabaje". Por su parte, Barbara Terry del IRS
responde de igual modo: "No. Todo depende de la cantidad
del salario, no de las horas que el empleado trabajó".
Y es crucial
aclarar aquí el concepto de empleado y trabajador independiente:
"No existe el empleado independiente. Hay trabajadores
que son empleados y trabajadores que son independientes",
dice Román. "Al empleado se le deduce del salario
bruto el Federal Withholding, Social Security y Medicare. Al [trabajador]
independiente por lo general no se le deduce, por lo tanto recibe
el cheque bruto por el servicio prestado. El IRS define
al trabajador que es empleado y al que es independiente, definición
que muchas veces no es la misma que conocemos en nuestro diario
vivir. Principalmente, entre otras cosas, si el empleador tiene
control sobre el trabajador, este trabajador puede ser considerado
empleado y se le debería deducir lo que corresponde a un
empleado. Es bien importante entender la definición del
IRS sobre trabajadores independientes, ya que si se equivocan
y estos trabajadores independientes son considerados empleados,
a la compañía le puede significar un costo fuerte
el no haberlos considerado empleados", advierte el contador.
La experta
del IRS comparte con El Paracaidista los conceptos clarificadores:
1- "Usted
es un empleado si los servicios que usted provee son controlados
por su empleador. Su empleador fija el horario, las responsabilidades
y el lugar donde se realiza el trabajo. Su empleador debe retener
impuestos del salario y pagar impuestos de desempleo sobre el
salario que usted recibe.
2- Usted es empleado autónomo [self employed]
si desempeña un oficio, o dirige un negocio, es dueño
único, o miembro de una sociedad que dirige un negocio.
Usted también es empleado autónomo si además
de su trabajo de tiempo completo tiene su propio negocio a medio
tiempo. El ingreso de su propio negocio es considerado ingreso
de trabajo por cuenta propia. Como persona con negocio propio
usted debe pagar impuestos sobre el ingreso de trabajo por cuenta
propia, y es responsable de pagar todo impuesto que se deba (estos
son los impuestos de Seguro Social y Medicare).
3- Usted es considerado contratista independiente si el individuo
para quien usted trabaja, controla o dirige el trabajo, pero no
el método ni la manera en que se realizan dichas tareas.
Como contratista independiente, la persona quien le contrata para
algún trabajo no es un empleador ni se le requiere retenerle
impuesto sobre el ingreso, ni se le requiere pagar impuestos de
desempleo sobre el salario que usted recibe. El ingreso del contratista
independiente está sujeto a impuesto sobre ingreso de trabajo
por cuenta propia y usted debe reportar el ingreso y pagar todo
impuesto que se deba. El pagador deberá entregarle una
Forma 1099.
Cuando se
trata de un trabajador independiente cambia el porcentaje a deducirse
para El Seguro Social: "La tasa de impuestos de Seguro Social
para el año 2007 es 15.3% de las ganancias de trabajo por
cuenta propia hasta un máximo de $97.500 en ganancias.
Si sus ganancias netas exceden $97.500, usted continuará
pagando sólo la porción de Medicare del impuesto
de Seguro Social, que es 2.9% sobre el resto de sus ganancias",
explica María Díaz.
Ventajas de estar en nómina
¿Qué beneficios tiene el estar en un payroll
o nómina en comparación a ser un trabajador
independiente? "Estar en la planilla tiene el beneficio que
parte de esas deducciones que ha veces nos duelen, son aportes
a beneficios que podemos tener en el futuro si tenemos la calificación
que nos exige el Social Security (Ejemplo: los puntos acumulados
por año trabajado). El trabajador independiente, por lo
general, tiene el beneficio de sacar su cheque bruto sin deducciones.
Pero, cuando éste presente sus impuestos [declaración
de impuestos ante el IRS] deberá pagar los impuestos que
no ha deducidos. Generalmente los trabajadores independientes
pueden deducir los gastos incurridos en sus trabajos, lo que haría
sus ingresos más bajo [y por tanto pagar menos impuestos].
En lo personal, me ha tocado ver bastantes trabajadores independientes
en una edad que por lo general ya no tienen el mismo volumen de
trabajo o físicamente ya no pueden rendir como en su juventud
y han cometido el error de no preocuparse de hacer sus aportes
al Social Security y Medicare y no tienen estos beneficios como
les hubiese correspondido", expone Román.
Las personas
que trabajen independientemente deben hacer un análisis
de esta situación y una proyección hacia el futuro
para planificar al momento del retiro, ya que ir cumpliendo con
sus obligaciones a tiempo les evita enfrentarse a atascos económicos
más adelante.
María
Díaz del Seguro Social indica claramente a El Paracaidista:
"Las personas con negocio propio tienen la misma protección
de Seguro Social que los empleados. Por lo tanto, ellos pagan
impuestos de Seguro Social por una cantidad igual a los impuestos
combinados que pagan los empleados y patronos. Las personas
con negocio propio pueden deducir la mitad de sus impuestos de
Seguro Social en sus declaraciones de impuestos como gastos de
negocios, igual que los patronos pueden deducir los impuestos
de Seguro Social que pagan.
Revisar
las deducciones
Como estos pagos reflejarán las contribuciones impositivas,
aportes al fondo de retiro del Seguro Social, desempleo y servicios
de salud vía Medicare, es importante asegurarse de que
las deducciones están siendo hechas correctamente, para
no pagar de más ni de menos. ¿Cómo puede
verificarse? Carlos Román indica que es muy fácil:
"Revisando su pago o cheque, multiplicando los respectivos
porcentajes al salario bruto, y revisando la cantidad a deducir
por Federal Withholding de acuerdo a los dependientes que tenga
en la página web del IRS [www.irs.gov].
El empleador es responsable de deducir y enviar estas deducciones.
Estos fondos si no son deducidos, el gobierno le va a cobrar la
parte del empleado y empleador y le aplicará las penalidades
correspondientes. Esto no es recomendable porque al final el costo
de no cumplir es generalmente mayor", advierte el contador.
Dice también que normalmente cuando las empresas son pequeñas,
de pocos empleados reportan sus pagos mensualmente. El Social
Security, Medicare y los impuesto al ingreso federal deben remitirse
en estos casos máximo al 15 de cada mes. El FUTAX y el
SUTAX son trimestrales.
Las empresas
más grandes pueden tener los pagos semanales o cada dos
semanas y esto depende de la cantidad de empleados que tenga la
compañía o de la cantidad que deba pagar.
La vocera
del Seguro Social aconseja revisar si sus impuestos están
siendo calculados correctamente y pagados al gobierno: "Si
usted descubre que hay ganancias que no aparecen en su registro
[del Seguro Social], lo primero que debe hacer es intentar localizar
alguna prueba de esas ganancias. Esa prueba podría ser:
un formulario W-2 (Declaración de Salarios y Retención
de Impuestos), una declaración de impuestos, un talonario
de pago, un registro que usted haya llevado de sus ganancias,
o cualquier otro documento escrito que usted tenga que muestre
que trabajó. Si usted no encuentra ninguna evidencia escrita
de sus ganancias, intente recordar los siguientes hechos lo mejor
que pueda y apúntelos: dónde trabajó usted,
el nombre de su empleador, las fechas en que trabajó, la
cantidad que ganó y el nombre, apellido y número
de Seguro Social que usó cuando trabajó. Cuando
usted reúna los documentos antes mencionados o prepare
la lista de los hechos que pudo recordar de su trabajo, comuníquese
con el Seguro Social. Trabajaremos con usted para corregir su
registro. Este proceso podría tardar algún tiempo,
dependiendo de la evidencia que usted nos provea sobre las ganancias
que faltan. Es posible que tengamos que comunicarnos con su empleador
o pedirle que se ponga en contacto con él o ella".
Diaz explica
también que los trabajadores por cuenta propia deben informar
sus ganancias y pagar sus impuestos directamente al IRS. "Usted
informa sus ganancias al Seguro Social cuando presenta su declaración
federal de impuesto sobre su ingreso. Si sus ganancias netas son
$400 o más en un año, además de los formularios
de impuestos que debe presentar, debe informar sus ganancias en
un Anexo SE.
Cómo
informar las ganancias
Las personas que laboren independientemente deben llenar los siguientes
formularios de impuestos federales antes del 15 de abril para
reportar las ganancias netas de $400 o más del año
anterior:
- Formulario
1040 (U.S. Individual Income Tax Return, en español,
Declaración del impuesto sobre ingreso personal en los
Estados Unidos).
- Anexo C
(Profit or Loss from Business, en español, Ganancia o
pérdida del negocio) o Anexo F (Profit or Loss from Farming,
en español, Ganancia o pérdida de agricultura)
según sea apropiado.
- Anexo SE
(Self-Employment Tax, en español, Impuesto sobre el trabajo
por cuenta propia).
"Usted
puede obtener estos formularios del IRS y en la mayoría
de los bancos y oficinas de correo. Envíe la declaración
de impuestos y los anexos junto con su impuesto sobre el trabajo
por cuenta propia al IRS. Aun si no debe ningún impuesto
sobre ingresos, debe llenar el formulario 1040 y el Anexo SE para
pagar los impuestos de Seguro Social sobre el trabajo por cuenta
propia. Esto es cierto aún si usted ya recibe beneficios
de Seguro Social.
Esta experta
aclara que las familias que tengan negocios en conjunto deben
declarar sus ganancias netas por separado en su declaración
de impuestos: "Por ejemplo, un esposo y esposa pueden ser
socios o administrar un negocio juntos. Si operan un negocio juntos
como socios, cada uno debe informar su parte de las ganancias
del negocio como ganancias netas en una declaración de
impuestos de trabajo por cuenta propia separada (Anexo SE), aun
si presentan una declaración de impuestos en conjunto.
Los socios deben decidir la cantidad de ganancias netas que cada
uno debe informar (por ejemplo 50 por ciento y 50 por ciento)".
Para mayor
información consulte con un contador de confianza, contacte
al Seguro Social y al IRS que tienen variadas publicaciones con
explicaciones precisas sobre los impuestos. En sus websites también
se accede a data ilustradora sobre el tema.
Por ejemplo,
Bárbara Terry del IRS invita a consultar los siguientes:
Publicación 1 (SP) - Derechos del Contribuyente.
Publicación 1518 (SP) - Calendario de Impuestos del IRS
Para Negocios Pequeños y Personas que Trabajan por Cuenta
Propia.
Publicación 1872 (SP) - Guía para Declarar el Ingreso
de Propinas para los Empleados de Establecimientos de Comidas
y Bebidas.
Publicación 3806 (SP) - La Manera más Fácil
de Pagar sus Impuestos Federales para el Contribuyente de Ingreso
Personal.
Forma W4 - Certificado de Exención de la Retención
del (la) Empleado (a).
Forma 8300 (SP) - Informe de Pagos en Efectivo en Exceso de $10.000
Recibidos en una Ocupación o Negocio.
Internal
Revenue Service para pedir información T + 1-800-829-1040;
para pedir formularios por correo: T + 1-800-829-3676 y
para requerirlos por fax: T + 1- 703-368-9694, en Internet:
www.irs.gov.
Seguro
Social para pedir información: T + 1-800-772-1213.
Número de atención gratis para sordos "TTY":
1-800-325-0778. Website en español: www.ssa.gov/espanol.
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