¿Quién puede ser deportado
y en qué consiste el proceso?
Deportación: mitos y realidades
Uno
de los fantasmas mentales que a veces acecha a los inmigrantes
en Estados Unidos es la idea de la deportación. Gente con
visas de turismo, trabajo, residentes permanentes y hasta ciudadanos
naturalizados son muchas veces víctimas de esta inquietud
sobre todo por desconocer los detalles y qué pudiera catapultar
este proceso. Los inmigrantes que han sobrepasado su estatus y
han entrado en el terreno de la ilegalidad están siempre
pendientes de la posibilidad de que un día se les presente
en el camino el mandato legal de tener que irse del país.
El Paracaidista
aborda este especial con la intención de aclarar dudas,
presentar las definiciones oficiales y matar el rumor.
La deportación,
según la define el Servicio de Ciudadanía e Inmigración
de Estados Unidos (USCIS) es "la remoción formal de
un extranjero de Estados Unidos cuando el extranjero ha sido encontrado
elegible para su remoción por violar las leyes de inmigración.
La deportación es ordenada por un juez de inmigración
sin que se imponga o contemple un castigo (
)". La remoción
de una persona es manejada y supervisada por Inmigración
y Aduanas de Estados Unidos.
Un extranjero puede estar sujeto a deportación si se encuentra
en territorio estadounidense ilegalmente aunque haya entrado al
país mediante fraude, mala representación o legalmente,
pero subsecuentemente violó los términos de su estatus
de no inmigrante, explica el USCIS en su glosario de definiciones.
"El
Acta de Inmigración y Nacionalidad nos permite poder identificar
a arrestar y posiblemente deportar a individuos que han sido sancionados
por delitos de mayor cuantía, a pesar del estatus que tengan.
Por ejemplo un depredador sexual que es detenido. Una persona
que infringe las leyes de inmigración es alguien que puede
ser sujeto a deportación. Gente que se queda fuera del
tiempo de su visa es una violación, mentir en las planillas
y trámites es también violación. Si una
persona tiene un acuerdo con el gobierno federal de que va a estar
aquí y se le ha otorgado cierto beneficio entonces obviamente
no viola ley, pero si no cumple con el acuerdo ahí viola
la ley y puede estar sujeto a deportación", dice a
El Paracaidista Bárbara González, portavoz
del USCIS.
Un delito
de mayor cuantía o "felony" como se dice
en inglés es, por ejemplo, explica González, el
tráfico de drogas, robo a mano armada, intento de asesinar
a personas, entre otros.
Manejar borracho,
pegarle a la mujer o a los hijos son otros casos de delitos mayores
según describe Germán Martínez, Coordinador
Comunitario de American Friends Services en Cuttler Ridge, al
Sur de Miami.
"Si la
persona está en la calle y la paran es porque ha hecho
algo ilegalmente. Lo importante es que la gente sepa que hay diferentes
técnicas investigativas para investigar, arrestar y posiblemente
deportar a personas que ponen en riesgo nuestra comunidad y gente
que ha cometido delitos de mayor cuantía", amplía
González.
Para un
residente permanente, el cometer dos delitos menores o "misdemeanors"
puede ser causa para su deportación. "En cada estado
es un poco diferente, porque cada estado define los delitos de
mayor y menor cuantía de forma distinta. Pero para usar
un ejemplo amplio, digamos hurto de primer grado en una tienda
[shoplifting] por una cantidad de dólares, dos de
esos podrían ponerte en deportación", explica
a El Paracaidista Michael Rozos, Director de la Oficina
de Deportación de Inmigración y Aduanas de Florida.
"Un misdemeanor
puede ser cuando usted va a al supermercado y se come una uva
o un dulce y no lo paga. Nos lo estamos robando y viene el de
seguridad y nos pone la queja. Lamentablemente mucha de nuestra
gente va a las tiendas de un dólar y con o sin intención
se lleva algo, un lápiz labial, por ejemplo, y eso es un
delito menor y con dos de esos ya puedes estar sujeto a la deportación",
apunta Martínez.
"Las mamás que corrigen a los hijos y le dan una nalgada
y le queda marcada y en la escuela le meten la policía.
Eso es un misdemeanor y es bastante común. Lo mismo
que tener tres multas de tráfico", señala.
Enfrentar
la deportación
Pero, ¿cómo se entera el USCIS de que un residente
legal ha cometido dos delitos menores y por tanto puede ser removido?
Rozos responde: "La oficina de investigaciones maneja la
mayoría de esos casos. Recibimos información
sobre extranjeros que pueden ser deportados de variadas fuentes,
puede ser directamente del Departamento de Policía, el
Departamento de Probatoria, la cárcel condal o local o
la federal. Hay muchas maneras en que esa información nos
puede llegar".
"El peor
error que puede cometer un inmigrante con o sin documentos es
caer en manos de la policía y en la cárcel",
advierte Martínez.
Sobre si
un ciudadano estadounidense naturalizado puede ser deportado,
Michael Rozos contesta "no, a menos que su naturalización
sea revocada". Aquí la portavoz de inmigración,
Bárbara González agrega: "Ocurre en circunstancias
como por ejemplo si alguien no ha sido honesto en su solicitud
[de ciudadanía] y un juez de inmigración revoca
esa naturalización. Recientemente tuvimos un caso de un
ciudadano de la India al que se le revocó la naturalización
y fue deportado por cometer un delito agravado".
En la Sección
340 de la Ley de Inmigración se explican en detalle las
razones por las cuales se puede revocar la ciudadanía de
una persona naturalizada "Es un proceso largo y tedioso",
apunta Rozos.
Para las personas
fuera de estatus, encontrarse frente a la situación de
detención y posible deportación es una circunstancia
que puede llegar de varias maneras: redadas de inmigración
en lugares de trabajo o en autobuses en viajes por carreteras,
denuncias de terceros, ser detenidas por la policía al
cometer una violación leve o mayor de las leyes de tráfico
(si el policía encuentra que están ilegales y decide
comunicarlo al USCIS), entre otras. "La mayoría de
las veces nosotros no somos la agencia que aprehende, no en mi
unidad. Mi unidad está más detrás de los
hechos. En usualmente investigaciones y la patrulla fronteriza
la que hace las aprehensiones", aclara el director de Deportación
de Inmigración y Aduanas .
Linton Joaquín,
Director Ejecutivo del National Immigration Law Center en Los
Angeles, California, describe a El Paracaidista las situaciones
en que puede precipitarse la deportación: "Si la persona
comete un delito, esa es una forma, porque generalmente si la
persona pasa un tiempo en la cárcel hay comunicación
entre la cárcel e inmigración. Hay distintos tipos
de actividades de inmigración para detener personas que
incluyen check points [puntos de chequeo]. También,
aunque no es tan común, chequear a los trabajadores de
una fábrica, un lugar de trabajo o un vecindario".
Aunque la
policía generalmente no actúa en nombre de inmigración,
hay 36 oficiales en el estado de Florida que tienen y ejercen
esa potestad. Martínez se queja de que hay oficiales que
colaboran en eso en lugar de cumplir su trabajo de resguardar
las calles.
Salida
voluntaria
Si alguien es detenido y sujeto a deportación, existe
una posibilidad llamada salida voluntaria. El USCIS la define
así: "La partida de un extranjero de Estados Unidos
sin una orden de remoción. La partida puede o no haber
estado precedida por una audiencia ante un juez de inmigración.
Un extranjero a quien se le permita partir voluntariamente accede
a la remoción, pero no tiene la prohibición de buscar
admisión [nuevamente] en un puerto de entrada. Fallar en
partir en el tiempo otorgado resulta en una multa y en 10 años
de prohibición de acceso a las varias formas de alivio
en contra de la deportación".
Pero, ¿cuándo
se aplica la salida voluntaria? "Hay ciertas categorías
de extranjeros que no encajan en la opción de salida voluntaria.
La mayoría de los criminales no tienen ese privilegio",
dice Michael Rozos y explica que esto está contemplado
en los estatutos y regulaciones. Si la persona no es criminal,
pero se sobrepasó su estatus y por ende violó la
ley de inmigración y es detenida puede pedir la salida
voluntaria: "Puede pedirla ante un juez de inmigración",
porque indica que es el juez quien da la opción de salida
voluntaria. "Hay algunos casos en que un oficial de aduana
y protección de frontera o un investigador puede ofrecer
a un extranjero la salida voluntaria, pero no es tan común
como solía ser".
El director
del National Immigration Law Center indica que se puede pedir
salida voluntaria en lugar de deportación. Es una opción
si la persona decide no pelear. "Si el juez en la mesa de
apelaciones da salida voluntaria, le da un plazo a la persona
para arreglar sus cosas antes de salir. Si uno tiene una orden
de deportación eso sucede rápidamente y no da mucho
tiempo de arreglar las cosas".
Derechos
al ser detenidos
Los derechos de las personas bajo proceso de deportación
son enumerados por Rozos: "Tienes
derecho a ser escuchado por una parte neutral, en este caso por
un juez de inmigración, si aplica, tienes derecho a un
abogado que no tenga costo para el gobierno para que te represente
ante estos procedimientos, derecho a nuevos procesos, tal como
definimos en este país nuevos procesos, tienes el derecho
de apelar tanto administrativamente como en la corte federal".
Linton Joaquín
advierte que con los cambios de las leyes de inmigración
el tema de los derechos se ha vuelto más complejo: "Generalmente
tienes el derecho a una audiencia ante un juez de inmigración,
sin embargo en algunas situaciones no tienes ese derecho. En las
remociones expeditas, un procedimiento en la cual un oficial de
inmigración puede decidir que una persona que acaba de
llegar al país no tiene derecho de estar aquí, el
agente puede hacerle una orden de deportación sin audiencia
ante un juez [generalmente ocurre en el término de una
semana]. Si la persona puede ser deportada por cometer un delito
mayor y la persona no es residente permanente es posible que un
agente de inmigración y no un juez le dé la orden
de deportación", explica. En cambio un residente permanente
en esta situación sí tiene derecho a una audiencia.
Sobre esto
Michael Rozos ilustra: "En la mayoría de los procedimientos
de remoción la respuesta es sí, es un estatuto escrito
en las regulaciones [tener audiencia con un juez]. Hay algunos
procedimientos de remoción rápida que no garantizan,
no permiten un procedimiento ante un juez de inmigración,
como en las remociones expeditas en el aeropuerto en las cuales
no se te permite ver a un juez de inmigración, como indica
el estatuto. Otro caso sería si ya tienes una orden de
remoción de inmigración y fallas en presentarte,
ahí no tienes la opción de una audiencia de fianza,
podrías pedir reapertura [de caso], pero no significa pedir
que se consideren nuevos hechos para el caso".
Flavio Alfie,
abogado de inmigración con bufete en Miami, dice que dentro
de las cosas que pueden hacerse cuando la persona ya tiene orden
de deportación es revisar muy bien si existe una base legal
para pedir una reapertura del caso. "Presentar un recurso
legal ante la corte de inmigración que antes no existía
y pedir reapertura del caso. Hay casos humanitarios de situaciones
muy extremas en los cuales se les puede pedir a inmigración
que difiera esa orden de deportación, por motivos humanitarios.
Pero el servicio de inmigración aprueba esos casos con
cuenta gota, porque hay que probar contundentemente que se trata
de casos de sufrimiento extremo".
Un ejemplo, cuenta Alfie, es alguien que tiene orden de deportación
pero tiene un hijo estadounidense muy enfermo, con una enfermedad
terminal y el hijo depende exclusivamente de esa persona para
recibir manutención y tratamiento y si la deportan el hijo
no podrá recibir la atención médica necesaria
y corre el riesgo de morirse. "Otra opción es recurrir
a una corte federal para que suspendan la orden de deportación
con un recurso de habeas corpus por violaciones a los derechos
constitucionales que la persona haya sufrido durante su proceso
de deportación", acota el letrado, pero indica que
hay que probar todo muy bien y tiene que haber sustancia en el
caso.
También
indica que no todos los casos se pueden apelar en la corte federal.
"La ley de inmigración restringió bastante
la jurisdicción de la corte federal para revisar órdenes
de deportación dictadas por la Junta de Apelaciones de
Inmigración. Por ejemplo, los casos en los cuales una persona
es puesta en deportación por causas criminales no pueden
ser apelados en la corte federal, a menos que se basen en violaciones
a los derechos constitucionales que haya sufrido la persona en
ese proceso".
Otros derecho
humanitarios
Llamar a sus familiares, a su abogado o representante legal,
acceder a servicios médicos y no ser víctimas de
maltrato ni abuso físico son algunos de los derechos que
los detenidos por proceso de deportación tienen bajo la
ley estadounidense.
Katherine
Culliton, abogada de inmigración del Mexican American Legal
Defense and Education Fund (MALDEF) en Washington, DC, los detalla
a El Paracaidista: "Tienen ciertos derechos que están
bajo un nuevo estándar legal de detención que es
parte de las normas y reglas del Departamento de Seguridad Interna
que hemos negociado aquí en Washington, DC, el último
año. Incluyen: ver un médico, hablar con su familia,
tener acceso a un teléfono, estar notificados de sus derechos
en un idioma que la persona entienda, acceso a su abogado y a
las ONG [organizaciones no gubernamentales] también. El
problema es que las normas no se siguen".
Esta abogada
dice que este estándar surgió de la investigación
que se hizo a la Oficina del Inspector General del Departamento
de Justicia de Estados Unidos por la detención indefinida
y violación de los derechos civiles de los inmigrantes
detenidos por los atentados del 9/11, quienes han sido sujetos
a mucho abusos. "Tenemos una Constitución que protege
a todas las personas en contra de tratamiento crueles".
Las llamadas
son una vez por semana. La necesidad de ver un médico es
un servicio al que deben tener acceso inmediatamente. Las personas
víctimas de tráfico humano tienen derecho a solicitar
la visa "T" y quienes estén en calidad de informantes
sobre esta práctica ilegal para denunciar a "coyotes
o traficantes de personas pueden pedir la visa "U",
detalla Culliton, mientras están en el proceso de expulsión.
Quien sea elegible también puede pedir asilo. "La
gente tiene que informarse sobre sus derechos", declara.
Un derecho
primordial, bajo la Ley de Derechos de Estados Unidos conocida
como Bill of Rights, es cuando una persona es detenida y decide
ejercer su derecho de guardar silencio y pedir hacer una llamada
para comunicarse con su abogado. "Este es un derecho fundamental",
asevera Culliton.
Tiempo
que tarda la deportación
Si se quiere precisar cuánto tarda comúnmente el
proceso de remoción, se abren varias sendas: "No
hay procedimientos comunes porque cada caso es diferente",
indica Rozos. "Hay diferentes avenidas por las cuales la
gente puede transitar. Están las apelaciones de un nivel,
pero puedes incluso llevar un caso de deportación hasta
la Corte Suprema. La regla general aplicada es en promedio
90 días a nivel nacional, pero puede ser más o menos
tiempo".
Por ejemplo
la deportación expedita puede tomar sólo una semana
y si el proceso de remoción normal se lleva hasta la Junta
de Apelaciones de Inmigración podría durar hasta
un año o más. Si hay bases para hacerlo y se decide
llevar el caso hasta la corte federal el procedimiento se estira
por mayor tiempo.
Apelar
la deportación
El abogado Flavio Alfie explica que la orden de deportación
siempre se puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.
"Pero hay ciertos casos en que la persona puede ser sometida
a la expulsión sin que le den el derecho a la audiencia
con un juez. Por ejemplo si está cerca de la frontera o
si la persona está ilegal y entró con el 'visa waiver'
que le daba tres meses para estar solamente y se quedó
más tiempo. Si la agarra inmigración, por el motivo
que sea, le pueden deportar sin que vea a un juez de inmigración",
describe. Y por lo tanto no hay chance de apelar.
Este letrado
detalla que una vez que el juez de inmigración da la orden
de deportación la persona tiene 30 días para
apelarla y si no lo hace en ese período la decisión
del juez queda firme y la persona tiene que irse. Pero indica
que es muy raro que inmigración vaya a la casa a buscar
una persona que tenga una orden de deportación.
Las instancias
de apelación de un mandato de deportación se suceden
en el siguiente orden si no prosperan en la fase inmediatamente
anterior: ante el juez de inmigración, la Junta de Apelaciones
de Inmigración (Board of Immigration Appeals), la Corte
Federal y la Corte Suprema.
"Las
personas que han sido deportadas pueden volver a Estados Unidos
antes del lapso de 10 años que se aplica, si piden un perdón.
No es fácil de hacer, pero es el único camino que
la ley les deja abierto", dice Alfie.
Petición
de fianza
Los extranjeros detenidos por inmigración para su deportación
tienen un respiro con valor metálico: la posibilidad de
salir libres bajo fianza mientras dura el proceso y pelean su
caso. La fianza, explica Linton Joaquín se pide para
garantizar la presencia de la persona en una audiencia en el futuro.
Ante la incógnita de si la persona al enfrentarse a un
agente de inmigración es siempre llevada al centro de detención
para luego optar por fianza o salida voluntaria, Joaquín
aclara: "No, no siempre, pueden también decidir en
el momento que la persona no presenta un riesgo de huir, entonces
se puede dejar libre [pero dándole la orden de presentarse
ante el juez]. Pero generalmente la detienen".
Alfie dice
que para la fianza el juez analiza los lazos que la persona tiene
con la comunidad, ve los riesgos de que la persona no se presente
a su audiencia y si lo considera viable fija una fianza. "En
este proceso de deportación la persona tiene derecho a
pedir todos los recursos disponibles para evitar su deportación,
como la asistencia legal, que no le cueste nada al gobierno. Puede
también pedir al juez darle la opción de salida
voluntaria".
Las fianzas,
describe Germán Martínez de American Friend Services,
van de $7.500 a $50.000. La persona también tiene derecho
a pedir reducción de fianza, asevera este líder
comunitario.
Arreglo
de la partida
A la pregunta de si alguien bajo proceso de deportación
podría contar con un tiempo y la posibilidad de arreglar
la venta de propiedades, casa, autos y pagar sus deudas, Rozos
responde: "Si están detenidos, la respuesta a su pregunta
específica sería no. Pueden usar un 'power of
attorney' [un poder dado a un tercero para hacerlo]".
La persona mientras está detenida puede acceder a un abogado
o a servicios legales para firmar el poder. "Nosotros no
interferimos con eso. Cualquier persona puede hacer eso. Si están
bajo detención y nos dicen que necesitan que alguien venga
a Krome o a la cárcel para firmar el poder, no tenemos
ninguna objeción. Los asistimos para que lo hagan",
apunta Rozos.
Según
Germán Martínez, en American Friends Services tienen
un plan de acción con recomendaciones cuando alguien cae
en proceso de deportación. En este documento hay un
apartado sobre las personas que son detenidas y tienen hijos pequeños.
Como mucha gente cree erróneamente que no decir que tienen
niños les puede de alguna manera salvar de la expulsión,
allí recomiendan informar a los oficiales de inmigración
sobre eso para que puedan hacer los arreglos, pues este dedicado
filantrópico dice que si expulsan a la persona y los niños
no tienen guardianes legales que vean por ellos son entregados
al Departamento de Niños y Familias y los reencuentros
se retrasan y complican.
"Si una
persona cuando es detenida por un oficial de inmigración
controla sus nervios y le dice al agente que tiene tantos hijos
y le pide que por favor le dé una orden para ver un juez
para pedirle salida voluntaria para poder hacer esos arreglos,
es posible que el oficial acceda. Porque los oficiales de inmigración
también son humanos y muchas veces la verdad puede más
que la mentira. Eso le da chance de arreglar sus cosas, vender
su carro al precio que pueda y arreglar sus maletas". Pues
si va detenido y no sale bajo fianza no le dan chance, dice Martínez,
ni de llevarse sus maletas.
Extranjeros
con hijos estadounidenses
Otra inquietud de las personas en proceso de deportación
con hijos estadounidenses es si esto representa algún garante
para evitar la expulsión. Linton Joaquín dice que
no, pero añade: "Puede ser un factor si la persona
es residente y ha vivido aquí bastante tiempo y tiene hijos
más grandes que pueden sufrir o hijos con condiciones especiales
que van a sufrir extremadamente si su padre o madre es deportada,
esa es una defensa, pero es muy limitada, porque hay que probar
que la situación de esa persona es especialmente dura".
Cualquier
persona que se enfrente a una posible deportación debe
pedir ayuda al consulado de su país, pues según
Maximiliano Gowland, del Consulado Argentino, siempre están
dispuestos a ayudar a la gente y tienen abogados para recomendar
en esos casos.
Ayuda legal
En el website de la Executive Office for Immigration Review (EOIR)
del Department of Justice hay una lista de organizaciones por
estado acreditadas por la EOIR para dar asistencia legal gratuita
en casos de inmigración ante corte y asilo: www.usdoj.gov/eoir/probono/
states.htm.
Leyes antiinmigrantes
Al cierre de esta edición según contó a El
Paracaidista Judith Golub, vocera de la American Immigration
Lawyers Association, en Washington, DC, todavía en el Congreso
estadounidense no se ponían de acuerdo en cuanto a la aprobación
de una ley sobre inteligencia resultado de las recomendaciones
de la Comisión 9/11, y que en la versión de la Cámara
de Representantes incluye, que no en la del Senado, unas provisiones
migratorias enchufadas a último momento que harían,
entre otras cosas, más dificultoso a los inmigrantes defenderse
en virtud de una posible deportación porque, según
explica Golub, aumentaría la cantidad de gente que podría
caer en el proceso de deportación expedita (sin audiencia
con juez) que bajo la ley actual tiene sus limitaciones. "Esperamos
que esas provisiones queden fuera", acotó Golub, pero
advirtió que aún si esto ocurre esperan que en la
próxima sesión del Congreso los mismos impulsores
de esas medidas las traten de introducir en otros cuerpos de leyes
a evaluarse.
Foto: Archivo
Actualizado
en Febrero 2005.
