Pasos
a seguir
La planilla I-30 debe enviarse al Service Center del BCIS que
tenga jurisdicción sobre el área donde habita el
residente y en Florida corresponde el de Texas. Una vez disponible
el número de visa, le llegará por correo una notificación
al residente indicándole que la petición por su
cónyuge ha sido aprobada y que se le ha asignado un número
de visa de inmigrante.
Si el cónyuge
extranjero se encuentra en Estados Unidos bajo un estatus
legal, cuando le asignen su número de visa, entonces deberá
proceder a ajustar su estatus a residente permanente. Deberá
introducir la forma I-485 con todos los recaudos que, según
su caso, se indiquen en el formulario, incluyendo la aprobación
de la forma I-130 (pre-requisito para ingresar esta solicitud),
en la Oficina de Distrito o Sub-Oficina a cargo de la zona donde
viva el aspirante a residencia si se encuentra en Estados Unidos
(en el sur de Florida corresponde la de Miami: 7880 Biscayne Boulevard,
Miami). Este paquete se puede entregar en persona, en la oficina
de información ubicada en la parte trasera del edificio,
planta baja, si se hace la fila y se toma un número para
ver a un agente de inmigración que recibirá los
documentos. También se puede enviar por correo, en cuyo
caso es preferible fijarse bien en la dirección que aparece
en la propia planilla.
Una vez ingresados los documentos, el BCIS manda por correo una
cita para ir a sacar el permiso de trabajo, otra para que se tomen
las huellas dactilares y finalmente un cita para la entrevista.
Después de la entrevista, a la que debe asistir la pareja
para que se verifique que es un matrimonio de buena fe, enviarán
por correo notificación de aprobación o no de la
petición y, si se aprueba, la tarjeta de residencia llegará
también por correo más adelante. Bajo este trámite
de ajuste de estatus, la green card se recibe generalmente
en un año, pero estos lapsos pueden variar de caso a caso.
Hasta que
llegue la aprobación de la residencia, el cónyuge
extranjero debe mantener un estatus legal por su cuenta.
Si está
fuera del país esperando, una vez se adjudique un número
de visa de inmigrante el Departamento de Estado notificará
al consulado estadounidense con jurisdicción sobre la región
donde viva el cónyuge extranjero y esta entidad consular
se pondrá en contacto a su vez con él o ella para
que continúe su proceso desde allí. En este caso,
el extranjero cónyuge entrará a Estados Unidos con
su visa de inmigrante y le llegará por correo su tarjeta
de residencia. Es decir, que no tiene que ajustar su estatus a
residente permanente una vez en Estados Unidos, porque ya entra
con ese estatus.
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Fuente: Bureau of Citizenship and Immigration Services
