Por
negocios, placer o tratamiento médico
Visas B-1
y B-2 para visitantes temporales
Las
visitas temporales a Estados Unidos en viajes de placer, para
hacer negocios o por motivos médicos tienen sus categorías
de visas específicas. A menos que el extranjero sea ciudadano
de un país que participe en el Programa Visa Waiver Program,
requerirá sacar una visa para poder entrar a Estados Unidos
y permanecer allí por un tiempo contado y determinado según
los motivos que impulsen su viaje. La visa que lo cobijará
es la tipo B para visitantes temporales. Esta se divide en dos
subcategorías: la B-1 para aquellos en viajes de negocios
y la B-2 especial para turistas y personas que vayan a Estados
Unidos para recibir tratamiento médico. Ambas son del tipo
no inmigrante y las personas bajo este visado no pueden aceptar
empleo durante su estadía.
Es importante
aclarar que los viajes de negocios se remiten a actividades tales
como asistir a reuniones, entrenamientos y conferencias, no para
iniciar un negocio propio o realizar transacciones de negocios
de su empresa, ni para trabajar para una empresa estadounidense.
De hecho, se da por sentado que la persona que llega a Estados
Unidos bajo una B-1, en viaje de negocios, trabaja para una empresa
extranjera.
Los visitantes
que portan la visa B-2 tampoco pueden realizar ninguna actividad
de negocios. La vigencia de ambas visas es de hasta diez años,
pero el tiempo de estadía otorgado al extranjero al entrar
a Estados Unidos será el designado por el oficial de inmigración
en el puerto de entrada. Dependerá del motivo del viaje
que exponga la persona y del tiempo que tiene pautado pasar en
tierra estadounidense. Sin embargo, la estadía máxima
que con esta visa puede dar el oficial es de seis meses. Es decir,
le puede otorgar una semana, tres meses, etc. con un límite
de 180 días. Este tiempo de estadía es independiente
de la vigencia que tenga la visa estampada en el pasaporte, que
puede ser de hasta 10 años, ya que ese período sólo
indica que la persona puede tener múltiples entradas al
país durante ese lapso. La simbología utilizada
para estas visas es: B-1 Visitante temporal por negocios, B-2
Visitante temporal por placer y B-1/2 Visitante temporal por negocios
y placer.
Las visas
B-2 (turismo o tratamiento médico) se suelen otorgar de
una sola entrada, para una visita puntual y por el tiempo que
la persona diga requerir, o múltiple para varias entradas
y, aunque su máxima vigencia es de 10 años, generalmente
son otorgados por cuatro o cinco años.
Requisitos
para sacar las visas B
Las condiciones previas para solicitar una visa de visitante temporal
tipo B difieren según el país, pero el procedimiento
para otorgarla o negarla es el mismo. En algunos países
se deben hacer citas telefónicas, pagar una suma previa
antes de poder obtener una cita o piden a las personas ir directamente
al consulado o embajada estadounidense. Sin embargo, apenas esté
el aspirante a la visa en el recinto consular, el proceso es igual
en todos los países. Y también son idénticos
los requisitos que deben presentarse.
Cada solicitante
debe pagar la cantidad no reembolsable de $45 (el monto también
puede variar) y presentar:
1- El formulario
DS-156, completo y firmado. Los formularios en blanco están
disponibles gratuitamente en todas las oficinas consulares de
Estados Unidos.
2- Un pasaporte válido para viajar a Estados Unidos,
con una fecha de vigencia que exceda al menos en seis meses el
lapso de tiempo que la persona desea quedarse en Estados Unidos.
Es decir, seis meses por encima de la fecha en que la persona
se irá del país, luego de su estadía. Si
hay más de una persona incluida en el pasaporte, cada aspirante
a la visa debe llenar una solicitud aparte.
3- Dos fotos que midan una pulgada y media (1,5 x 1,5 pulgadas)
por lado, es decir 3,7 centímetros por lado (3,7x 3,7 cm)
de cada solicitante, que muestren la cara completa (sin ningún
tipo de cobertura en la cabeza), contra un fondo de color claro.
Es vital que las fotos sean tal como se piden.
En el caso
de haber una tarifa para la emisión de una visa, la cifra
será lo más cercana posible a la que se le cobra
a un ciudadano estadounidense para ser admitido en el país
de nacionalidad del aspirante.
Quienes soliciten
una visa de turismo y/o negocios deben demostrar que califican
bajo las regulaciones establecidas en el Acta de Inmigración
y Nacionalidad. La ley presupone que todo aquel que solicite una
visa de visitante tiene intenciones de inmigrar a los Estados
Unidos y quedarse a vivir. De modo que es tarea del aspirante
a la visa demostrar lo contrario al probar que:
1- El propósito
de su viaje es entrar a Estados Unidos por razones de negocios,
placer o tratamiento médico.
2- Que planea quedarse por un período de tiempo limitado
y específico.
3- Que tiene una residencia fuera de Estados Unidos, así
como lazos en el país donde vive lo suficientemente fuertes
como para asegurar su regreso al finalizar su visita a Estados
Unidos.
4- Que tiene solvencia económica o tiene acceso a recursos
que le permitan costearse su viaje a Estados Unidos.
Los documentos
y pruebas a presentarse para demostrar lo anterior varían
de país a país, pero a continuación se listan
algunos de los más comunes:
Cartas
y constancias
Si se viaja con fines de negocios se puede presentar una carta
hecha por la empresa estadounidense, con la cual se tiene la relación
de negocios, en la cual se indique el objetivo del viaje, el tiempo
a permanecer en Estados Unidos y la intención de esa organización
de correr con los gastos del viaje.
Para los viajes de placer, se pueden presentar cartas de familiares,
parientes o amigos que viven en Estados Unidos a quienes se pretende
visitar. Es útil, igualmente, presentar la confirmación
de la participación en un tour previamente planificado.
Si el viaje es para recibir tratamiento médico, se debe
adjuntar una constancia del médico o institución
relacionados al tratamiento médico propuesto.
Solvencia
económica
Quienes no tengan suficientes recursos económicos para
cubrir los costos de su estadía en Estados Unidos deben
presentar evidencia convincente de que una persona interesada
les apoyará financieramente. Se puede hacer mediante una
carta en la que se especifique que se hará cargo de los
gastos del aspirante a la visa y en ciertos casos deberá
adjuntarse una constancia bancaria o una copia de la declaración
de impuestos.
Si la
persona cuenta con recursos para cubrir su viaje y estadía,
deberá presentar constancias bancarias que así lo
comprueben.
En algunas
embajadas piden que se presente un pasaje de ida y vuelta y hasta
la confirmación de reservación del hotel donde la
persona se hospedará, si se trata de una visa de turismo.
Pruebas
de lazos fuertes en su país
En general, antes de otorgar la visa, el oficial consular quiere
estar seguro de que la persona tiene lazos lo suficientemente
fuertes en su país de residencia como para no decidir quedarse
a vivir en Estados Unidos y ciertamente partir de este país
apenas se venza su estadía. Las circunstancias individuales
de los aspirantes varían, por ello el oficial puede requerir
ciertas evidencias, ajustadas a cada caso, que demuestren ataduras
al país de residencia. Ejemplo de éstas son: constancias
de estudios (de la persona o de hijos enrolados en la escuela
o universidad si viaja con ellos), de trabajo (con especificación
de tiempo en la empresa), copias de contratos de alquiler, de
títulos de propiedad de vivienda, automóviles, pruebas
de lazos familiares (copias de actas de matrimonio si la persona
es casada y viaja sola; partidas de nacimiento de los hijos si
no viaja con ellos, etc.), recibos de servicios básicos
actualizados (electricidad, teléfono, gas, etc.), entre
otras. Esta parte del proceso es muy importante, pues si el oficial
no queda convencido con las explicaciones y pruebas presentadas
por el aspirante, puede negarle la visa aunque la persona cumpla
con los demás requisitos.
Este
tipo de visas debe solicitarse en la embajada o consulado estadounidense
del país donde viva el aspirante. Aunque pueden pedirse
en esas mismas oficinas consulares en otro país, generalmente
el trámite suele ser más complicado y la obtención
de la visa puede dificultarse si se solicita en un país
distinto al de su residencia. Las visas B-1 y B-2 pueden ser solicitadas
directamente por la persona interesada sin necesidad de intermediarios.
Se recomienda
llamar a la embajada o consulado estadounidense que le corresponda
y pedir una lista de los requisitos que deben presentarse para
solicitar la visa. Sólo así la persona irá
a su entrevista con todos los recaudos y pisando terreno más
firme.
La entrevista
para indagar el motivo del viaje
Además de tomar en cuenta los requisitos mostrados por
el solicitante, el oficial consular considerará también
el motivo de su viaje y le hará una breve entrevista, generalmente
mientras revisa los documentos, para escuchar la explicación
en las propias palabras del aspirante. Si al conducir esta entrevista
el oficial no queda completamente satisfecho con las respuestas
del solicitante, ésta puede ser una razón para negarle
la visa, aunque cumpla con todos los demás requisitos.
Es importante, entonces, contestar en forma correcta y sincera
a todas las preguntas, amén de mostrar seguridad y ser
convincente. Es vital decir la verdad. Si el oficial descubre
que el aspirante está mintiendo o se contradice, le puede
negar la visa de facto.
También
le pueden denegar la visa de forma permanente o prohibir la entrada
de por vida a Estados Unidos si el oficial descubre el uso deliberado
de documentación falsa o fraudulenta para obtener la visa.
Cuando una
visa es negada, la persona puede solicitarla nuevamente si logra
añadir evidencia suficiente que le ayude a superar e invalidar
las razones por las cuales se la negaron. Los oficiales consulares
no tienen la obligación de reconsiderar un caso si no se
presenta esa evidencia.
Una visa es
válida hasta su fecha de expiración a menos que
sea cancelada. Por lo tanto, si alguien tiene una visa todavía
vigente en un pasaporte que ya ha expirado, la puede seguir usando
con sólo anexar el pasaporte viejo al nuevo cada vez que
viaje a Estados Unidos.
Si la persona
ya ha tenido visa, pero se encuentra vencida, debe indagar sobre
ciertos procedimientos especiales más expeditos que comúnmente
ofrecen las embajadas y consulados estadounidenses para emitir
nuevas visas.
Tener
visa no garantiza entrada a Estados Unidos
Portar una visa y llegar a Estados Unidos no es garantía
de que dejarán pasar a la persona. Esta deberá exponer
el motivo de su viaje y contestar las preguntas del oficial del
US Citizenship and Immigration Services que le atienda en el puerto
de entrada. Queda a discreción de este oficial permitir
la entrada y otorgar el tiempo de estadía que, de acuerdo
al tipo de visa y motivo del viaje, crea conveniente. Exagerar
sobre el tiempo que desea quedarse sin justificación creíble
puede hacer que el oficial sospeche y le dé menos tiempo
del requerido. Es importante, pues, mantener la serenidad, exponer
el motivo del viaje claramente y responder únicamente lo
que el oficial pregunte.
Para mayor
información llame a la embajada o consulado estadounidense
en su país, conéctese al website del US Citizenship
and Immigration Services: www.uscis.gov
o al del Departamento de Estado de Estados Unidos: http://travel.state.gov/visa/index.html
(ambos en inglés).
Fuentes: US Citizenship and Immigration Services,
Servicios de Visas del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Foto: Henry
Romero