Para
participantes en programas de visitantes de intercambio
Visas J
y Q: permiten estudiar y trabajar
Quienes
tengan como meta arribar a Estados Unidos para formar parte de
un programa de visitantes de intercambio educativo y/o cultural
deberán seguir los pasos para obtener una de las visas
creadas para ese fin: la J-1 y la Q-1.
La primera responde a programas de intercambio educativo y cultural
designados por el Departamento de Estado. La segunda a los programas
internacionales de intercambio cultural que estipule el US Citizenship
and Immigration Services (USCIS).
La J fue diseñada
para "
promover el intercambio de personas, conocimiento
y habilidades en los campos de la educación, las artes
y ciencias", dice la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento
de Estado de Estados Unidos. Es una visa amplia según deja
ver su definición: los "participantes incluyen estudiantes
en todos los niveles académicos, personas en proceso de
entrenamiento laboral con compañías, instituciones
y agencias; maestros de primaria, secundaria y escuelas especializadas;
profesores que vienen a enseñar o a hacer investigación
en instituciones de aprendizaje superior; investigadores; participantes
en entrenamiento profesional en el campo médico y afines;
y visitantes internacionales que vienen con el propósito
de viajar, observar, consultar, realizar investigación,
entrenamiento, compartir o demostrar habilidades o conocimiento
especializados; o para participar en programas organizados de
persona a persona".
Dentro de
los programas de intercambio se encuentran las becas otorgadas
por Estados Unidos o por otros países que tengan acuerdos
especiales con Estados Unidos en esta materia. De hecho, ambas
visas necesitan el patrocinio de una empresa u organización
que puede proveer los recursos financieros que cubran los costos
de estadía (e incluso el pago de un salario) del participante.
Las visas
J y Q tienen un tiempo de vida que dependerá de la duración
del programa bajo el cual participe el portador. Generalmente
la J puede durar hasta tres años y la J hasta 15 meses.
El cónyuge e hijos menores de 21 años de edad de
un J-1 tendrán su respectiva visa J-2 de acompañante,
que no es apta para trabajar, pero sí podrán estudiar
sin necesidad de cambiar de estatus. La visa Q no admite acompañantes.
Se puede
trabajar con la J
Si el visitante de intercambio bajo la J está estudiando,
una vez culminados sus estudios podrá trabajar (entrenamiento
académico). Pero ese trabajo tendrá que ser aprobado
como idóneo para que el estudiante amplíe los conocimientos
adquiridos durante sus estudios. Generalmente, estará autorizado
a hacerlo por la mitad del tiempo total que ha pasado estudiando,
entre 12 y 18 meses.
Requisito
de residencia fuera por dos años
Generalmente, al terminar sus estudios, entrenamiento académico,
investigación, etc. del programa de intercambio, la persona
con visado J-1 tendrá que cumplir con un requisito obligatorio:
vivir por dos años físicamente fuera de Estados
Unidos, país al que no podrá regresar antes de ese
período con otra visa que no sea la de turista (B-2). Se
debe señalar que el tiempo que la persona pase en Estados
Unidos como turista no contará para el tiempo total de
los dos años que debe pasar fuera. No podrá, entonces,
optar por una visa de inmigrante, de trabajo temporal ni de estudios
si en su caso aplica la restricción, hasta que cumpla con
el tiempo necesario fuera, a menos que le aprueben una excepción
o waiver.
Para mayor
información visite el website del USCIS:
www.uscis.gov (en inglés, con algunos artículos
en español).
Fuente: Oficina
de Visas del Departamento de Estado de Estados Unidos y USCIS.
Foto: Archivo