Alerta con el proceso de acción diferida
¿Qué ofensas califican como delitos?
Un
delito es una ofensa criminal federal, estatal o local que se castiga con prisión
por un término de más de un año.
¿Qué
ofensas califican como delitos menores de peso?
Un
delito menor de peso es una ofensa criminal que se castiga con no más de
un año de prisión, o sin prisión en algunos casos y que involucra
violencia, amenazas o asalto, incluyendo violencia doméstica, abuso sexual
o explotación, escalamiento, hurto o fraude; manejar bajo los efectos de
alcohol o drogas, obstrucción de la justicia o soborno; fuga o huida ilegal
de un arresto, juicio o la escena de un accidente; posesión ilegal o uso
de un arma de fuego, distribución o tráfico de drogas, o posesión
ilegal de drogas.
¿Cuántas
faltas menores constituyen faltas múltiples como para hacer
a un individuo inelegible para ejercer la determinación discrecional bajo
este nuevo proceso?
Un
individuo que no haya sido convicto de un delito menor de peso pero que resulta
convicto de tres faltas a la ley o más,que no hayan ocurrido en la misma
fecha y no estén relacionadas al mismo suceso, omisión o esquema
de faltas, no es elegible a ser considerado para la Acción Diferida bajo
el nuevo proceso.
¿Qué
cualifica como una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública?
Si
la verificación de antecedentes penales u otra información que se
descubra durante la revisión de una solicitud de Acción Diferida
indica que la presencia del individuo en los Estados Unidos representa una amenaza
la seguridad pública o nacional, esta persona será inelegible para
ejercer la determinación discrecional. Indicios de que la persona puede
representar una amenaza a la seguridad nacional o pública incluye, pero
no se limita a: membresía en gangas, participación en actividades
criminales o participación en actividades que amenacen los Estados Unidos.
¿Cómo
manejarán USCIS y ICE los casos que involucren individuos que no satisfagan
los criterios de elegibilidad bajo este nuevo proceso, pero que podrían
ser elegibles para un ejercicio de discreción procesal bajo el Memorando
de Discreción Procesal de 2011?
Si
un individuo tiene una orden final de deportación y USCIS determina que
no satisface los criterios de elegibilidad, entonces rechazará su petición
de Acción Diferida. Ese individuo puede entonces pedir un ejercicio de
discreción procesal bajo el Memorando de Discreción Procesal de
2011 de ICE por medio de cualquiera de los canales establecidos por ICE, incluyendo
una petición a la Oficina del Defensor Público de ICE o al director
de la Oficina Regional. USCIS no considerará peticiones de revisión
bajo el Memorando de Discreción Procesal de 2011 de ICE.
Si
un individuo se encuentra en proceso de deportación y ICE determina que
no satisface los criterios de elegibilidad para Acción Diferida bajo este
proceso, entonces considerará si la persona por otro lado resulta elegible
para un ejercicio de discreción procesal bajo las prácticas actuales
que se siguen para evaluar la elegibilidad bajo el Memorando de Discreción
Procesal de 2011 de ICE.
¿Habrá
revisión de decisiones por parte de los supervisores de ICE y USCIS bajo
este nuevo proceso?
Sí.
Ambos, ICE y USCIS desarrollarán protocolos para la revisión por
parte de los supervisores como parte de la implementación del nuevo proceso.
¿Podrán
los individuos apelar una denegación de su petición de aplicación
de discreción procesal por parte de ICE o USCIS bajo el nuevo proceso?
No.
Las personas no podrán apelar una denegación de su petición
de discreción procesal por parte de ICE o USCIS. Sin embargo, ICE y USCIS
desarrollarán protocolos para la revisión por parte de supervisores,
como parte de la implementación del nuevo proceso. Aunque no hay derecho
a apelación, los individuos en proceso de deportación que crean
que su caso no está siendo manejado correctamente pueden comunicarse con
la Oficina del Defensor Público de ICE ya se por teléfono al 1-888-351-4024
o por correo electrónico a EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.
¿Serán
también elegibles para recibir el beneficio de Acción Diferida según
este proceso los dependientes y otros familiares de los individuos que lo reciben?
No.
El nuevo proceso está disponible solamente para aquellos que satisfagan
los criterios de elegibilidad. Como resultado, los dependientes y familiares inmediatos
de los individuos que reciben la Acción Diferida de acuerdo a este proceso
no son elegibles para solicitar, a menos que satisfagan los criterios por sí
mismos.
Si
USCIS le niega a un individuo una petición de Acción Diferida, ¿será
entonces puesto en proceso de deportación?
USCIS
aplicará en los individuos a quienes se les niega una petición de
Acción Diferida las reglamentaciones existentes de Notificación
de Comparecencia, que son las que rigen el proceso de referido de casos a ICE
y la expedición de notificaciones de comparecencia. Bajo estas regulaciones,
los individuos cuyas peticiones han sido rechazadas serán referidos a ICE
si tienen convicciones criminales o si se descubre que ha cometido fraude en su
petición.
¿Deberán
los individuos que no están en proceso de deportación pero creen
que son elegibles a recibir una Acción Diferida bajo este proceso tratar
de forzarse a sí mismos a entrar el proceso de deportación mediante
encuentros con ICE o CBP?
No.
Los individuos que no están en proceso de deportación pero creen
cumplir con los criterios de elegibilidad deben presentar sus peticiones de revisión
de su caso a USCIS bajo los procedimientos que USCIS implementará.
Este
proceso no está en efecto y no se deben presentar peticiones en este momento.
Comenzando el 18 de junio de 2012, los individuos pueden llamar la línea
de ayuda de USCIS al 1-800-375-5283 de 8 AM a 8 PM, con preguntas o para solicitar
más información acerca del nuevo proceso. La línea de ayuda
ofrece asistencia en inglés y español. Si necesita más información
acerca del proceso, visite el sitio Web de USCIS en www.uscis.gov
y www.uscis.gov/espanol.
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Fuente:
Department of Homeland Security Julio
2012
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