El
USCIS tiene formularios disponibles e instrucciones
Detalles del trámite de Acción diferida
El USCIS puso a disposición de la comunidad el 15 de agosto de 2012 las
planillas para hacer la solicitud de Acción Diferida según lo manda
el memorando emitido por la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional,
Janet Napolitano el 15 de junio de 2012, que cubre a jóvenes que no representan
riesgo a EEUU y les exime de la deportación.
USCIS ha desarrollado
un proceso riguroso de revisión para las solicitudes de acción diferida
bajo los criterios especificados por la Secretaria Napolitano, dijo el Director
de USCIS, Alejandro Mayorkas. Los llegados en la infancia que cumplan con
esos criterios y cuyos casos sean diferidos podrán ahora vivir sin miedo
a ser deportados y contribuir con sus talentos a esta gran nación en toda
su capacidad.
La
acción diferida es una determinación discrecional para diferir la
deportación de un individuo, como parte de una discreción procesal.
USCIS revisará las solicitudes y hará las determinaciones caso por
caso. Aunque no provee un estatus legal ni es un vehículo a la residencia
permanente ni a la ciudadanía, los individuos cuyos casos son diferidos
como parte de este proceso no serán removidos de Estados Unidos por un
período de dos años, sujeto a renovación, y podrán
también solicitar autorización de empleo, explicó el USCIS.
USCIS
exhorta a los individuos que tengan preguntas sobre este proceso a visitar su
nuevo sitio web www.uscis.gov/acciondiferida
o llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800-375-5283.
Pero
es importantísimo asesorarse bien, sobre todo para verificar que se cumple
con todos los requisitos de elegibilidad, especialmente si ha habido algún
asunto con la justicia, como la comisión de un delito menor y los jóvenes
y padres no están muy seguros de si esto es un inconveniente.
Planillas
y fees para hacer solicitud
Las formas del USCI están
disponibles en la siguiente página: www.uscis.gov/i-821D
para ser impresas y enviadas y su costo total es de $465 que incluye ya los $380
por permiso de trabajo y $85 por servicios biométricos. Toda
la información e instrucciones en español se pueden consultar en
el website oficial del USCIS: http://alturl.com/3v9dv
(dirección de Internet abreviada).
La "application" se
titula Consideration of Deferred Action for Childhood Arrivals, forma
I-821D. Las intrucciones para llenarla correctamente vienen en la planilla
I-821D, Consideration of Deferred Action for Childhood Arrivals Instructions.
Además está la E-Notification of Application/Petition Acceptance,
G-1145, que es para recibir una notificación vía email cuando la
petición sea aceptada (debe adjuntarse con un clip sobre la planilla de
solicitud I-821D).
El
USCIS detalla que quien llene la forma I-821D también debe completar la
planilla I-765, Application for Employment Authorization (permiso de trabajo),
y la I-765WS, Form I-765 Worksheet.
La dirección adonde deben
enviarse las planillas junto al pago depende del estado donde resida el solicitante.
Consultar estados y direcciones de envío aquí: http://alturl.com/yb2w3.
Es
importante notar que hay una dirección para el envío por correo
normal (US Postal Service) y otra para envío por correo expreso o mediante
un courier privado (USCIS Lockbox).
Otros detalles vitales señalados
por el USCIS son: someter los pagos exactos, adjuntar los documentos pedidos que
se mencionan en la planilla de instrucciones, firmar las formas y no dejar espacios
en blanco.
Para quienes requieran apoyo en el llenado de las peticiones
hay un sitio nacional para ubicar centros de ayuda legal cercanos:
www.unetealsueno.org
(www.weownthedream.org)
que están ofreciendo apoyo sin costo o a muy bajos honorarios. También
allí se pueden ubicar abogados de todo el país, si es requerido
contratar a un experto debido a que el caso presente complicaciones. Lo ideal
es asistir a alguna charla de orientación sobre este proceso legal y allí
mismo hacer preguntas para determinar si realmente es necesario contratar a un
abogado o si la misma persona puede someter su caso.
Ver
todos los detalles en el sitio oficial de Inmigración: http://alturl.com/3v9dv
(dirección abreviada).
Foros
informativos y clínicas legales
En Florida, la Foros Públicos
sobre Acción Diferida son una serie activa de encuentros organizados por
Students Working for Equal Rights (SWER) y otros miembros de la Florida Immigrant
Coalition (FLIC) para informar a la comunidad sobre qué hacer y qué
no hacer con relacion a la nueva política de inmigración de Obama
que beneficia a los jóvenes indocumentados. Revisar en el website de SWER
y FLIC otras fechas: http://flimmigrant.wordpress.com/2012/07/09/foros-y-clinicas-para-dreamers.
Contacto: T + 786- 273-9748. Si está interesado en organizar un foro en
su zona, ponerse en contacto con Diego Sánchez (diegos@swer.org),
Julio Calderón (julioc@swer.org)
o Frida Ulloa (frida@floridaimmigrant.org).
A nivel nacional para encontrar eventos, talleres y demás reuniones
informativas y de orientación ir a: www.weownthedream.org/events
Asimismo, una serie de clínicas legales para procesar los casos
están siendo organizadas por la organización aliada de FLIC, Americans
for Immigrant Justice, con una colalición de abogados pro-bono, que ayudarán
a los DREAMers en el proceso de prepararse para presentar los documentos a USCIS
para obtener a Acción Diferida a partir del 15 de agosto. Más información
sobre las fechas de las clínicas, lugares y contacto en: http://flimmigrant.wordpress.com/2012/07/09/foros-y-clinicas-para-dreamers.
Contacto: T + 305-573-1106 , ext. 1660 - dreamers@aijustice.org.
En
Florida los eventos confirmados son:
FL Dream Clinics
Sábado
18 de Agosto.
Hora: 8:30 AM - 5:00 PM
Organizado por: Students Working
for Equal Rights.
Dirección: Florida International University, College
of Law, 1st Floor 11200 SW 8th Street Miami. Contacto: José Machado josem@swer.org.
Deferred Action Information Session
Lunes 20 de Agosto.
Hora:
7:30 PM - 9:30 PM
Organizado por: Abundant Living Ministries-Immigration.
Lugar:
Abundant Living Ministries - Immigration Services Campus 14331 SW 72 Street Pembroke
Pines. Contacto: P. Frances Thomas immigration@alm.org.
FL
Dream Clinics
Sábado 25 de Agosto
Hora: 8:30 AM - 5:00 PM.
Organizado
por: Students Working for Equal Rights.
Lugar: Florida International University,
College of Law, 1st Floor 11200 SW 8th Street Miami. Contact: José Machado
josem@swer.org.
Preguntas
y Respuestas
Para
aclarar de fuente oficial, El Paracaidista les trae una réplica
de lo publicado por el propio USCIS en su website donde hay preguntas y respuestas
frecuentes y recomendaciones para los interesados en el programa de Acción
Diferida.
Aclaración
del Department of Homeland Security
"Efectivo
de inmediato, ciertas personas jóvenes que fueron traídas a Estados
Unidos siendo menores sin responsabilidad propia y que cumplen con otros criterios
específicos, serán consideradas para que se les detenga su deportación
del país o evitar el comienzo de los procesos de deportación. Aquellos
que puedan demostrar que cumplen con los criterios serán elegibles para
recibir Acción Diferida por dos años, sujeta a renovación.
Solamente
aquellos individuos que puedan probar mediante documentación de prueba
que cumplen con esos criterios serán elegibles para la Acción Diferida.
Los individuos no serán elegibles si no se encuentran actualmente en EE.UU.
y no pueden probar que han estado físicamente presentes en el país
por un período no menor de cinco años antecediendo la fecha inmediata
de hoy [15 de Junio de 2012]. El uso de la discreción procesal no confiere
ningún derecho fundamental o vía hacia la ciudadanía. Solamente
el Congreso, por medio de su autoridad legislativa, puede conferir esos derechos.
Las
personas pueden llamar a la línea de ayuda de USCIS 1-800-375-5283
o la línea de ayuda de ICE al 1-888-351-4024 durante horas laborables
si tienen preguntas o para pedir más información acerca del proceso
venidero.
Preguntas
más frecuentes:
¿Quién
es elegible a recibir Acción Diferida bajo la directriz anunciada por el
Departamento?
Según
el memorando de la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por
sus siglas en inglés) emitido el 15 de Junio del 2012, los individuos elegibles
para Acción Diferida deben cumplir con los siguientes requisitos:
(1)
haber llegado a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad
(2)
haber residido continuamente en los Estados Unidos por un período mínimo
de cinco años antes del 15 de Junio del 2012 y haber residido continuamente
en los Estados Unidos desde el 15 de Junio del 2012
(3)
estar asistiendo a la escuela, haberse graduado de la escuela superior, poseer
un Certificado de Educación General (GED, por sus siglas en inglés),
o haber servido en la Guardia Costanera o en las Fuerzas Armadas de los Estados
Unidos
(4) no
haber sido encontrado culpable de un delito grave, delito menos grave de carácter
significativo, múltiples delitos menos graves, o representar una amenaza
a la seguridad nacional o a la seguridad pública
(5)
no debe de ser mayor de 30 años de edad.
Estos
individuos también tendrán que completar la verificación
de antecedentes. Aquellos que presenten su solicitud ante USCIS sin estar sujetos
a una orden final de deportación, tienen que tener 15 años de edad
o más.
Continúa
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Fuente:
Department of Homeland Security
Foto: Archivo Febrero
2013
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