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Conocer
la ley y sus derechos es fundamental para evitar aprietos
¿Qué
hacer si lo detiene la policía?
Es
indispensable conocer nuestros derechos, estudiarlos en profundidad
para saber qué hacer en situaciones concretas con la policía,
agentes de inmigración, FBI o cualquier oficial gubernamental.
Desde el simple caso de detenciones en la calle o en el carro,
hasta allanamientos en viviendas con o sin orden del juez, es
fundamental saber cuándo hay que hablar, por qué
callar y qué exigir de las autoridades.
Los derechos
civiles y constitucionales de Estados Unidos les corresponden
a todos los individuos que viven, trabajan y transitan en este
país. Sin distinciones raciales, políticas, religiosas,
sexuales, son derechos que nadie ni nada pueden vulnerar. Las
leyes y la Constitución protegen a todos por igual y los
derechos civiles de los inmigrantes no dependen del estatus legal
de la persona, indocumentados, residentes, turistas, refugiados,
asilados (o cualquier sea la situación migratoria que tengan
los individuos) están protegidos por la Constitución.
"En cualquier caso con la ley, ya sea porque lo paren
en la calle para pedirle papeles, o en el carro, en una manifestación
o si le golpean la puerta de su casa funcionarios policiales o
de inmigración, lo primero que hay que entender es que
el derecho principal es a permanecer en silencio. No hay que hablar
ni hacer ninguna declaración hasta que llegue un abogado.
Muchas veces los inmigrantes se sienten compelidos a hablar o
están asustados. No hablen. Cualquier detalle aunque parezca
insignificante puede ser utilizado en su contra. Ejerzan su derecho
constitucional a permanecer en silencio. El único que tiene
el derecho de hacerlos hablar es el juez. Ni la policía
ni los oficiales de inmigración, solamente se habla cuando
el juez lo pide", indica claramente el abogado David
Leopold, 2do. Vicepresidente de la organización nacional
AILA (American Immigration Lawyers Association).
Los inmigrantes
indocumentados tienen el derecho a la libertad de expresión
y de religión, el derecho a ser tratados justamente, el
derecho a la privacidad y otros derechos fundamentales de que
gozan los ciudadanos de los Estados Unidos dice la American Civil
Liberties Union (ACLU - Unión Americana de Libertades Civiles).
"Hasta
la persona que enfrenta una deportación tiene derecho de
hablar con un juez de inmigración, tener la representación
de un abogado, recibir información razonable de las acusaciones,
se le debe proveer un traductor en caso que no maneje el idioma
y tener la oportunidad de estudiar las evidencias, en lo que se
basa su caso. Lo mismo con inmigrantes que están detenidos,
todos sus derechos constitucionales deben y tienen que ser respetados",
aclara Leopold.
A continuación
se listan circunstancias en las cuales puede hacer valer sus derechos,
consejos de cómo cuidarse, protegerse y reaccionar apropiadamente,
según información provista a El Paracaidista
por ACLU.
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Qué
hacer si la policía lo detiene en el carro:
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| Si la
policía le detiene, elija con cuidado sus palabras;
controle sus movimientos, gestos físicos y reacciones.
Nunca discuta con la policía y recuerde que todo lo
que diga o haga puede ser usado en una corte. Ponga sus manos
en el volante inmediatamente. |
| No trate
de huir, y nunca toque a un oficial de policía. |
| No resista
aunque se crea inocente, y solicite un abogado inmediatamente
al momento del arresto. |
| Anote
todo tan pronto como sea posible y anote también los
nombres y números telefónicos de testigos. |
| Cuando
se lo soliciten, presente su licencia de conducir, seguro
del automóvil y registro. Debe indicar claramente que
no autoriza un registro del carro o de sí mismo. Si
dicen que tienen una orden de allanamiento, solicite ver el
documento. Es ilegal ser arrestado solo por negar un registro,
sin embargo existen casos cuando la policía puede hacer
un registro si existen "causas probables". |
| Si
recibe una multa, fírmela, porque sino puede ser arrestado.
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| Si
la policía sospecha que usted conducía en estado
de ebriedad y no se somete a un análisis o prueba de
alcoholemia, le pueden suspender su licencia de conducir. |
| Qué
hacer si lo detienen en la calle: |
| Pregunte
si puede irse, si le dicen que sí puede retirarse.
Si le dicen que no significa que está siendo detenido. |
| Pueden
registrarle la vestimenta si la policía lo considera
sospechoso, pero no pueden revisarle más allá
del exterior. En tal caso tiene que decir claramente que no
está de acuerdo con la revisión. |
| No responda
ninguna pregunta. |
| Si lo
arrestan solicite un abogado de inmediato antes de dar alguna
respuesta. |
| Si a
pesar de esto usted habla, entonces es indispensable decir
la verdad. Una mentira puede complicar aún más
la situación frente a la policía. |
| Qué
hacer en manifestaciones callejeras: |
| La Constitución
de Estados Unidos le garantiza el derecho a participar en
manifestaciones pacíficas en los foros públicos
tradicionales, tales como las calles o los parques. Aunque
el gobierno puede restringir la hora, el lugar y la forma
al requerir permisos, pero no puede imponer restricciones
sólo porque no le guste el mensaje. Usted tiene el
derecho de expresarse. |
| El gobierno
no puede cobrarle por gastos en que incurran durante una manifestación.
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| Según
la Ley Patriota (Patriot Act), cada persona no ciudadana o
residente permanente, puede ser investigada simplemente por
sus actividades relacionadas a la Primera Enmienda. Inmigrantes
que están participando en una protesta, marcha o manifestación
deben llevar consigo números telefónicos de
parientes y de un abogado de inmigración. |
| La
Primera Enmienda no protege formas de expresión que
incluyan quebrantamiento de leyes establecidas. |
| Manifestantes
que participan en actos de desobediencia civil (actividades
pacíficas, pero ilícitas) no gozan de las protecciones
de la Primera Enmienda. |
| En el
estado de Florida, si participa en desobediencia civil, puede
ser castigado por su escuela, o despedido de su trabajo. |
| Personas
no ciudadanas de Estados Unidos tienen el derecho de llamar
a un abogado o su familia si son detenidas. También
tienen el derecho a que un abogado les visite mientras estén
detenidas. |
| Si tiene
documentación que le autoriza permanecer en Estados
Unidos, llévela consigo. |
| Si le
arrestan por infringir leyes de inmigración, tiene
el derecho a una audiencia ante un juez de inmigración
para defenderse contra acusaciones de deportación. |
| Qué
hacer en caso de allanamientos de vivienda y oficina: |
| Si se
encuentra presente cuando llegan los agentes puede pedir que
le muestren la orden o "warrant". La orden debe
especificar los lugares que se registrarán y se debe
limitar a esos sitios. En general tienen limitaciones de cuartos
o espacios a revisar. |
| Llame
a su abogado inmediatamente. |
| Pregunte
si le dejan presenciar el allanamiento, en general se lo deben
permitir. En este caso tome nota de todos los datos, nombres,
números, identificación de los agentes. |
| Si hay
otras personas presentes tiene que pedirles que sean testigos. |
| La orden
de allanamiento no implica responder preguntas. Defienda su
derecho constitucional a permanecer en silencio. |
| Si no
traen una orden no los puede dejar pasar. |
| Si insisten
con el allanamiento no interfiera con ellos, pero llame a
su abogado inmediatamente. |
| Todo
lo que diga puede ser utilizado en su contra. Recuerde esto
antes de hablar. |
| Derechos
en los aeropuertos: |
| Es ilegal
que los agentes lo detengan o paren o registren basados en
raza, religión o sexo. |
| Los agentes
de aduana tienen derecho a parar, detener y registrar a toda
persona y objeto. |
| El personal
de control de equipaje tiene derecho a revisar todo. |
| El piloto
de un avión puede negarse a llevar a un pasajero si
considera esto peligroso. |
Es importante tener siempre a mano el teléfono de un abogado
en caso de pasar por un aprieto o para facilitarlo a otros que
puedan estar en una mala circunstancia. Para reportar abuso de
agentes federales o policiales por excesivo uso de la fuerza o
interferencia con los derechos civiles hay que dirigirse al U.S.
Department of Justice - Civil Rights Division - Criminal Section,
PHB - 950 Pennsylvania Avenue, NW, Washington, DC 20530 -
T + 202- 514-3204
F + 202-514-8336 - www.usdoj.gov.
ACLU de
Florida
4500 Biscayne Blvd., Suite 340
Miami, FL 33137
T + 305-576-2337
F + 305-576-1106
www.aclufl.org/spanish/index.cfm
(en español)
Foto:
Henry Romero
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