Recientes
apelaciones cambian interpretación
Ley de Ajuste Cubano con cambios
Un
par de apelaciones recientes que fueron aceptadas por la Oficina
Administrativa de Apelaciones del USCIS, reconfiguran la manera
en que se interpreta la Ley de Ajuste Cubano de 1966 y abre caminos
a algunos casos que eran negados por falta de evidencia suficiente
de ciudadanía cubana y por la forma de admisión
o entrada Estados Unidos.
The Cuban
Adjustment Act of 1966 (CAA) o Ley de Ajuste Cubano "provee
un procedimiento especial por el cual los nativos o ciudadanos
cubanos, y sus cónyuges e hijos acompañantes [hijos
solteros menores de 21], pueden obtener abrigo en Estados Unidos
como residentes permanentes legales. La CAA le da al Fiscal General
la discreción de otorgar la residencia permanente a los
nativos o ciudadanos de Cuba que busquen su ajuste de estatus
si han estado presentes en Estados Unidos por al menos un año
después de su admisión o admisión bajo palabra
[parole] y son admisibles como inmigrantes", enuncia el US
Citizenship and Immigration Services.
Pero anteriormente,
el USCIS exigía que la forma de entrada a Estados Unidos
fuera por parole o bajo palabra o bajo la categoría
de no inmigrante (por ejemplo con visas de turismo, trabajo, estudio)
para que el cubano o cubana pudiera ser elegible para la CAA y
consecuentemente su cónyuge e hijos también.
"Se trata
del reconocimiento por parte de la Oficina Administrativa de Apelaciones
de su error en aplicar por 40 años un fallo que impidió
a miles de personas obtener su residencia bajo la Ley de Ajuste
Cubano", explica a El Paracaidista el abogado de inmigración
Flavio Alfie del bufete Alfie & Alfie, en North Miami Beach,
quien ganó recientemente un caso de apelación que
cambia la forma en que se aplica el procedimiento de otorgamiento
de la residencia bajo esa ley, al revertir un fallo del año
1967 de un caso llamado "Matter of Benguria y Rodríguez"
(el caso o asunto de Benguria y Rodríguez) sobre los procedimientos
de ajuste de estatus, en el que se exigía que para dar
la residencia bajo la CCA el cubano o cubana tenía que
ser admitido en EEUU bajo la categoría de no inmigrante
o con parole. Esta es una decisión "no publicada"
de la Administrative Appeals Office (AAO) que tomó para
el caso "Matter of F" (se omite para preservar privacidad
del cliente). La diferencia entre una decisión publicada
por la AAO y una que no lo haya sido, detalla Alfie, es que cuando
publica la decisión sienta un precedente para que se adopte
en todos los casos similares, mientras que cuando no lo hace no
está obligando al oficial de inmigración a seguir
ese procedimiento, pero sirve como medida persuasiva y como guía
porque indica cómo la AAO resolvió un caso particular
y señala un camino.
"Mi cliente
es un ciudadano cubano que fue admitido en los Estados Unidos
con residencia condicional obtenida a través de una petición
que le hizo su esposa ciudadana americana. Subsecuentemente, su
residencia condicional fue cancelada debido a que mi cliente se
divorció de su esposa. Al enterarse de esto, mi cliente
aplicó para la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano.
Cuando fue citado a su entrevista, fue informado que él
no era elegible para obtener la residencia bajo la Ley de Ajuste
Cubano, porque no había sido admitido como no-inmigrante
(con una visa temporal) y no tenía parole. Para
sustentar esa decisión, el servicio de inmigración
se apoyó en Matter of Benguria y Rodríguez, un fallo
de 1967 que siempre aplica en estos casos. Es en ese momento,
cuando mi cliente toma contacto conmigo para preparar la apelación.
En la apelación argumentamos que Matter of Benguria
y Rodríguez no aplica en estos casos, y que la sección
primera de la Ley de Ajuste Cubano establece que no son solamente
elegibles para recibir el beneficio de la ley aquellos ciudadanos
o nativos cubanos que recibieron parole o que fueron admitidos
como no-inmigrantes, sino que también la ley incluye a
aquellos que fueron admitidos como inmigrantes, como en el caso
de mi cliente. La Oficina Administrativa de Apelaciones nos dio
la razón dejando de lado Matter of Benguria y Rodríguez".
El abogado
explica que la importancia de la decisión es que la Ley
de Ajuste Cubano no solamente beneficia a los ciudadanos cubanos
sino a sus cónyuges e hijos solteros, menores de 21, sin
importar su nacionalidad. "Sin embargo, lamentablemente durante
40 años, el Servicio de Inmigración utilizó
Matter of Benguria y Rodríguez para negar la residencia
a esposos y esposas de ciudadanos cubanos que llegaron a los Estados
Unidos como residentes a través de peticiones familiares
o de la lotería de visas mundial, argumentando que como
el esposo(a) cubano(a) no fue admitido(a) como no inmigrante o
no recibió parole, el cónyuge no puede hacerse
residente bajo la Ley de Ajuste Cubano".
Alfie opina
que este caso abre las puertas a la residencia a todas estas personas,
ya que la Oficina Administrativa de Apelaciones reconoció
que esto es un error después de 40 años. Esto quiere
decir que si una persona se casa con un cubano o cubana que haya
llegado a Estados Unidos con visa de inmigrante y haya obtenido
su residencia por una petición familiar, de empleo o mediante
la lotería de visa mundial, sería elegible para
obtener su residencia por la Ley de Ajuste Cubano y así
también sus hijos solteros y menores de 21 años,
con un razonable ahorro de tiempo en la obtención de
la green card.
Prueba
de ciudadanía cubana
Otra reciente decisión de la Administrative Appeals Office
(AAO) cambia también otra parte del procedimiento y esta
vez se trata de la evidencia que debe mostrarse para probar que
la persona es cubana. El caso "Matter of Vázquez"
logra que los solicitantes nacidos en un país distinto
a la República de Cuba y que tengan nacionalidad de ese
país puedan establecer su ciudadanía cubana para
los propósitos del Cuban Adjustment Act, si documentan
su nacimiento fuera de Cuba de un padre o madre cubano,
como es requerido por el artículo 29(c) de la Constitución
Cubana.
"Los
individuos nacidos fuera de Cuba cuya nacionalidad cubana no sea
documentada con un pasaporte cubano, pueden establecer su nacionalidad
cubana para los propósitos de ajuste bajo la Ley de Ajuste
Cubano mediante el sometimiento de un certificado de nacimiento
cubano emitido por el Registro Civil de Cuba, en la Habana, o
un certificado consular cubano que documente su nacimiento de
al menos un padre cubano o madre cubana dentro del distrito consular
servido por el consulado", reza el veredicto de Matter
of Vázquez. "Los documentos requeridos previamente
establecidos por el Caso de Buschini [Matter of Buschini] son
denegados y no serán seguidos más por Ciudadanía
y Servicios de Inmigración".
Bajo el fallo
de Buschini de 2006 se exigía la presentación de
un pasaporte cubano o partida de nacimiento cubana para probar
la ciudadanía de ese país y decía que un
certificado consular que indicara que una persona había
nacido fuera de Cuba de un padre o madre cubana, sin ninguna declaración
de ciudadanía cubana para esa persona, no era, ordinariamente,
suficiente para establecer que esa persona tenía nacionalidad
cubana. Pero esto ha quedado anulado porque la decisión
de la AAO fue publicada.
Foto: Archivo
