Permiten
trabajo temporal hasta por siete años
Visas L por
transferencias entre compañías
Los
extranjeros que tengan una empresa en su país con filial
en Estados Unidos pueden transferir a ciertos trabajadores para
que laboren en la sucursal estadounidense bajo el visado L
de trabajo temporal tipo no inmigrante, siempre que cumplan con
todos los requisitos. El tipo de empresas habilitadas para hacerlo
son, entre otras, las compañías limitadas, sociedades,
posesiones exclusivas y corporaciones.
La visa L,
cuya máxima duración con extensiones es de siete
años, ha sido especialmente diseñada para gerentes,
ejecutivos o empleados con un conocimiento especializado en el
negocio en que se desempeñan, para que puedan trabajar
en Estados Unidos en la filial o rama de la misma empresa que
los empleaba en el país extranjero. De hecho, para calificar
deben haber sido empleados para esa compañía por
lo menos durante un año consecutivo en un período
de tres años previos a la fecha en que se hace la petición
de la visa. El cargo a desempeñarse debe ser idéntico
al que tenían en la empresa madre o afiliada: un puesto
de tipo gerencial, ejecutivo o de conocimiento especializado.
Este último es catalogado por el Buró de Ciudadanía
y Servicios de Inmigración (USCIS) como "el conocimiento
especial sobre el producto de la empresa o sus aplicaciones en
los mercados internacionales o un nivel avanzado de conocimiento
de los procesos y procedimientos de la empresa".
La visa L
tiene dos subtipos: L1-A para gerentes y ejecutivos
y L1-B para empleados con conocimientos especializados. La
L1-A generalmente es otorgada por un período inicial
de tres años si la empresa en Estados Unidos tiene un año
o más abierta y activa, con extensiones por períodos
de dos años hasta alcanzar un tiempo total de siete años.
Ahora, si se trata de una compañía nueva, la visa
L1-A es usualmente emitida por un año. Luego de
este tiempo se revisa el desempeño de la empresa y si ha
cumplido con los planes previstos, entonces se puede renovar sucesivas
veces (dos años cada vez) hasta alcanzar su máximo
de siete años. La L1-B en cambio se emite por un
año si la empresa es nueva, por tres años si la
empresa estadounidense ha estado funcionando por más de
un año y se puede renovar por períodos de dos años
hasta alcanzar un tiempo total de estadía de cinco años.
Las personas bajo el visado L1-A y L1-B sólo
pueden trabajar para la empresa a la cual han sido transferidas.
Asimismo, durante todo el tiempo de vigencia del visado L
se debe mantener la relación entre la empresa en el país
extranjero y su sucursal o sede principal en Estados Unidos. Si
se rompe la relación, la validez del visado quedará
anulada.
Cónyuges
e hijos reciben extensiones L-2
Las visas L tienen también sus respectivas extensiones
L-2 para los cónyuges e hijos menores de 21 años
de los portadores principales de la L1-A y L1-B. Estas son visas
de acompañante, tipo no inmigrante, que se rigen bajo los
mismos parámetros de tiempo de las visas que le dieron
origen. No permiten trabajar, aunque sus portadores sí
pueden estudiar sin necesidad de tramitar otra visa ni hacer cambio
de estatus a estudiantes (F o M).
Las visas
L permiten múltiples entradas y salidas del país,
pero si el portador quisiera permanecer en Estados Unidos todo
el tiempo que dure su visado, está habilitado para hacerlo.
La visa L1-A
(ejecutivos y gerentes) puede derivar en la green card
si la empresa para la cual trabaja la persona decide hacer la
petición de inmigración basada en empleo (bajo la
primera preferencia EB1) y se cumplen con todos los requisitos
pautados por el USCIS. Este beneficio le corresponderá
igualmente al cónyuge e hijos menores de 21 años
del portador de la L1-A.
Fuente: USCIS
Foto: Archivo