Cada
ciudad tiene su agencia de permisos de construcción
Permisos para remodelar y construir
Antes
de hacer cualquier remodelación o construcción en
el hogar, se debe conocer qué tipo de permiso es necesario.
Colocar un cobertizo en el jardín (shed), agregar una habitación,
cambiar las ventanas, demoler, instalar una reja, etc. requieren
que la ciudad intervenga y determine si se puede hacer o no. El
departamento de ingeniería de cada ciudad o condado asigna
a un inspector que no sólo es experto en el tema, sino
que está en capacidad de dar consejos, hacer recomendaciones
y supervisar el correcto avance de la construcción en concordancia
con el código.
Cindy Nielse,
Jefe de Examinadores de la División de Seguridad de la
Construcción del condado de Orange, dice a El Paracaidista
que la función del inspector es clave pues de él
depende saber que el trabajo quedó bien hecho. "Rompe
el corazón ver cómo supuestos contratistas estafan
a la gente, pidiendo que le paguen el trabajo antes de estar terminado.
El trabajo se debe terminar de pagar
cuando el inspector da el visto bueno", sentencia.
Las regulaciones
federales son muy exigentes y siempre demandan el escrutinio exhaustivo
de las propiedades. El proceso a veces es largo y engorroso, además
de que puede ser frustrante ante el papeleo que implica. "Es
cosa común escuchar los atrasos en las remodelaciones debido
a que la inspección no pasó o a que el inspector
no pudo ir. Pero hay que seguir las reglas del juego legal. Las
consecuencias de no hacerlo suelen ser peores y de alto costo",
afirma a nuestra publicación Luis Caballero, Presidente
de la firma de contratistas Discovery Group of South Florida en
Hollywood. Hacer remodelaciones, o construcciones sin permiso,
es ilegal y genera más problemas que beneficios, incluso
hasta para asegurar la casa, alquilarla o venderla.
Las reglas
tienen como objetivo final proteger al habitante de la propiedad.
Para ello existe el código de construcción que se
puede obtener gratuitamente en la página www.floridabuilding.org
(inglés). Los códigos explican todo lo que se debe
saber para construir. "Pero conocerlos y aplicarlos lleva
años de experiencia", comenta Caballero. "Recomendamos
que los permisos los gestione el contratista, además de
que el permiso se emita a nombre de quien lo solicita, quien se
convierte en el responsable ante las autoridades". Destaca
Nielse que el contratista debe tener licencia y seguro y "su
estatus se debe verificar en las oficinas de Building Code Compliance
de los diferentes condados" o en las páginas web de
los condados y ciudades. "El propietario debe saber que si
autoriza una construcción, y el contratista no obtuvo los
permisos necesarios, el responsable ante la ley es el dueño
de la casa y nadie más", agrega Caballero.
"Uno
de los errores más comunes es el de contratar empresas
o personas sin las licencias adecuadas. Y se paga caro",
advierte Nielse. Existen algunas remodelaciones que no necesitan
permisos, como por ejemplo: colocar baldosas de cerámica
en el piso de la casa, trabajos eléctricos o de plomería
que no excedan en precio los $500, reparaciones de techo que no
pasen de los $1.000, instalación de ductos de aire acondicionado,
instalación de parque infantil (aunque pueda requerir otro
tipo de permiso), cambio de los gabinetes de cocina, etc. Aunque
esto varía por ciudad y municipalidad, por esto hay que
preguntar antes de iniciar un trabajo.
En la mayoría
de los casos es necesario el visto bueno del condado, tal y como
lo señala la sección 104.1.1 del Código de
Construcción de la Florida donde se detalla que "cualquier
dueño, agente autorizado, o contratista que desee construir,
agrandar, alterar, reparar, mudar, demoler, o cambiar la capacidad
de alojamiento de un edificio o estructura, o de cualquier área
exterior que está siendo usada como parte del área
de ocupación designada (simple o compuesta) o para erigir,
instalar, agrandar, reparar, remover, convertir o reemplazar cualquier
sistema eléctrico, de gas, mecánico o de plomería,
cuya instalación es regulada por los códigos técnicos,
debe obtener un permiso previo a cualquier trabajo".
Debido a la
cantidad de trabajo, cada condado y ciudad tiene sus agencias
para la solicitud de permisos, pero los pasos a seguir son similares
en todo el estado:
1. Llenar
una solicitud de permiso (Permit Application) que incluya el número
de folio de la propiedad tal y como aparece en el catastro. Se
debe anexar el documento de propiedad y la planilla debe estar
firmada por el dueño y el constructor.
2. Se entregan dos sets de los planos de la nueva construcción,
con la ubicación clara de la plomería, elevaciones,
electricidad, estructura de paredes, techo, materiales y cálculo
de energía, si la nueva zona necesita aire acondicionado.
3. Cada copia debe ir sellada con el sello tamaño 4 x 6
de la oficina de Permit Records.
4. La solicitud y los planos sellados se entregan en el Permit
Counter para obtener el número de procesamiento. En este
momento se ingresan los datos en el sistema.
5. El oficial retiene los planos para hacer seguimiento, y le
indicará al solicitante que vaya a la caja a pagar los
fees que sean necesarios. El solicitante es notificado
cuando ya está todo listo para recibir su permiso.
Los derechos
a pagar varían según cada trabajo: en Miami-Dade
colocar tejas (sea techo nuevo o reparación) se cancela
a $0.129 por pie cuadrado. Para Broward el costo es completamente
diferente, pues se hace un pago de $66 para comenzar. En Orange
County, el pago mínimo es de $25. pero en Miami-Dade hay
un fee mínimo de $130 por cada building permit que se pida.
Para ver un ejemplo de los precios por tipo de permiso en este
condado vaya a:
www.miamidade.gov/building/fee_schedule.asp
Es posible
comenzar una construcción antes de obtener los permisos,
pero en ese caso todo debe estar perfectamente bajo los términos
del código.
Miami-Dade
Permitting and Inspection Center (MDPIC)
11805 SW 26 St (Coral Way)
Miami, FL 33175-2474
T + 786-315-2000 / 305-591-7966
bldgdept@miamidade.gov
www.miamidade.gov/building/faqs-permits.asp.
Oficinas de permisología por ciudad:
www.miamidade.gov/building/library/
building%20officials/BOMemberlist.pdf
Broward
Permitting, Licensing And Consumer Protection Division
1 North University Drive - Box # 302, Plantation, FL 33324
T + 954-765-4400
jfisher@broward.org
www.broward.org/permittingandlicensing
Construction
Services of West Palm Beach
401 Clematis Street, City Hall - 1st Floor, West Palm Beach, FL
33401
T + 561-233-5130
www.cityofwpb.com/construction.
Division
of Building Safety Orange County
201 S. Rosalind Avenue, 1er Piso, Orlando, FL 32802-2687
T + 407-836-5550
building@ocfl.net
http://espanol.orangecountyfl.net/orangecty/enes/24/
_www_orangecountyfl_net/tabid/808/default.aspx
(español).
www.ocfl.net/building
(inglés).
Permitting
Office Osceola County
1 Courthouse Sq, 1400
Kissimmee FL, 34741
T + 407-742-0200
www.osceola.org/permitting_center/home.cfm.
- Enlaces para ciudades y condados en toda Florida: http://myfloridapermits.com.
- Para comprar los códigos de construcción: www2.iccsafe.org/states/florida_codes.
- Florida Building Codes and Standards:
www.dca.state.fl.us/FBC.
Por: Tatiana Parker-Ramos
Foto: Archivo
Sep 2011

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