¿Qué
protecciones tienen por ley quienes rentan y quién los
defiende?
Derechos del inquilino residencial
Aumento
indiscriminado del alquiler, falta de arreglo de aires acondicionados,
goteras, problemas plomería o eléctricos que no
son atendidos son algunas de las quejas de los inquilinos que
muchas veces desconocen adónde recurrir y cómo defenderse
de caseros inescrupulosos que no cumplen con los mandatos del
contrato de renta, y encima amenazan a los arrendatarios.
Pero existen
resguardos muy claros que deben tenerse presente al rentar un
apartamento o casa. Y el primero es tener un contrato de alquiler.
"Si los términos están en inglés
y la persona no maneja el idioma es importante que lo haga revisar
por un abogado o vendedor de bienes raíces que le asegure
que todo está en orden. Después de firmado no se
puede echar atrás y si las cosas no están claras
el inquilino puede sufrir serios perjuicios", explica
Luis DeJesús, agente de bienes raíces de la empresa
Guaranteed Rentals, Sales & Realty, Inc, en Miami.
Existe en
Florida una legislación protectora de ocupantes y dueños
de propiedades donde se estipulan los basamentos de la relación
entre ambos. Es el Florida Residential Landlord and Tenant
Act (Ley Residencial del Arrendador y el Inquilino de Florida),
que se encuentra bajo el Título VI dedicado a Civil
Practice and Procedure (Práctica Civil y Procedimiento),
específicamente en el capítulo 83, en la parte
II "Residencial Tenancies" (Inquilinato Residencial)
de los Estatutos de Florida, el cuerpo de leyes estatales
que arropa y rige a todo el estado. Puede leerse en inglés
en: www.flsenate.gov
donde se debe escoger "Statutes & Constitution"
y luego hacer clic en "View Statutes" (en inglés).
También puede conseguirse una copia en la biblioteca pública
más cercana. Esta ley regula a quien vive alquilado y a
su casero.
"Yo creo
que entre los problemas más frecuentes está la subida
de la renta sin previo aviso y de forma exorbitante, por ejemplo
de $700 les dicen que tiene que pagar $1.000 o $1.200, y el otro
problema es que no les dan mantenimiento, tienen cucarachas, no
les funcionan las tuberías, tienen goteras y cuando los
inquilinos quieren reclamar, al insistir les suben la renta para
deshacerse de ellos. Esto es ilegal", dice a El Paracaidista
Nuri Mercado, Organizadora Líder de la Oficina de Miami
Acorn, una agencia nacional que atiende y defiende a la comunidad
y a los inmigrantes. Otra queja común es que el casero
no quiera devolver el depósito de seguridad aduciendo que
hubo daños a la propiedad.
Lo crucial
para protegerse a priori es tener un contrato por escrito que
incluya las provisiones contenidas en la ley y revisarlo muy cuidadosamente
para que no haya sorpresas más tarde. "Quieres ver
allí muchas cláusulas protectoras",
declara a nuestra publicación Brad Ashwell, Defensor de
la Democracia y del Consumidor del capítulo de Florida
del Public Interest Research Group (PIRG, Grupo de Investigación
del Interés Público), desde su sede en Tallahassee.
Esta entidad desarrolló un manual que explica y resume
la legislación de inquilinato y da consejos y herramientas
para la protección del arrendatario en situaciones de fricción
con el casero.
Para comenzar
con buen pie, Ashwell aconseja tomar fotos con un testigo presente
de las condiciones en que se recibe el apartamento o casa "para
que luego no les culpen, por ejemplo, de haber arruinado una alfombra
que ya estaba en malas condiciones y les cobren por eso".
Sobre el
lease o contrato este experto exhorta a revisarlo con lupa
para mirar cualquier provisión que pueda tener consecuencias
negativas como "rent may increase" (la renta
puede aumentar) sin que diga en qué cantidades, en qué
períodos si es por año o por aumento de impuestos
y sin que especifique el tiempo de antelación con que tiene
que ser notificado el inquilino sobre eso.
Aswell opina
que quienes rentan están casi siempre en desventaja con
respecto a los arrendadores porque los dueños de propiedades
tienen un cabildo muy fuerte en la Legislatura de Florida a través
de varias organizaciones y siempre están haciendo presión
para aprobar leyes que los favorezcan, dice.
Diana Del
Pino, a cargo del trabajo social y manejo de casos de Colombian
American Services Association (CASA), agencia de apoyo a la comunidad
inmigrante con sedes en Miami-Dade, Broward y Washington, DC,
cuenta a El Paracaidista "que la gente que no tiene
sus documentos en regla o está en proceso de obtenerlos
piensa que no tiene derechos y siente temor de acudir a organismos
legales que le permitan hacer valer sus derechos como arrendatario
o frente abusos de las administraciones de los condominios y todo
es debido a falta de información. La gente tiene que educarse,
no firmar documentos sin saber a qué se compromete, no
acceder a peticiones de los 'landlords' [arrendadores] que no
saben si son legales o no, la clave es tener educación
y eso parte de uno". Por esto es muy recomendable hacer revisar
el contrato con un abogado o por alguien que sepa, sobre todo
si no se maneja muy bien el inglés.
Hay que conocer
las leyes para saber actuar adecuadamente y no cometer errores
que pudieran ser luego costosos y desfavorecedores. Por ejemplo,
uno de los fallos más comunes de un inquilino harto y molesto
porque no le han arreglado una tubería o gotera que tiene
un bote de agua constante es decidir suspender el pago de la renta.
Pero esto es una infracción al contrato, explica Ashwell,
y la manera correcta de retener el pago de forma legal es primero
enviándole notificaciones fechadas por escrito al casero
que deben ir por correo certificado con acuse de recibo, o hacer
que firme en persona la carta y quedarse con una copia que indique
que la recibió exigiendo la reparación del inmueble.
"No aceptar lo que le diga por teléfono que le
haga pensar que sí lo va a arreglar y que todo está
bien", advierte. Si el landlord no responde ni
hace nada, entonces hay que enviarle una notificación siete
días antes de que se venza el pago de la renta indicándole
al propietario que el pago del alquiler será depositado
en la Corte. Si no hay reacción para la fecha en que debe
pagarse la renta, entonces dirigirse a la Corte y decir que quieren
depositar allí el monto, porque tienen una disputa con
el arrendador, y el pago debe ser puntual. La Corte les da esa
opción.
"Hay
que decir mire vengo a hacer una queja formal, esta es la información
que quiero poner como prueba, con evidencias de cartas enviadas,
fotos, y la Corte le abre la cuenta y así vuelve y paga
en la Corte y luego se lleva a juicio", dice Nuri Mercado,
aunque para ganar el caso es importante documentar muy bien
las pruebas y tratar de tener testigos, porque el resultado puede
ser desfavorable si no lo hacen.
"Es
siempre preferible tratar de arreglar las cosas antes de resolver
ir a la Corte y usualmente es mejor que hablen con un abogado",
indica Ashwell. "En nuestro manual pueden encontrar cómo
enviar las notificaciones al casero, si no repara un hueco en
el techo, y decirle que le van a retener la renta hasta que lo
arregle, por ejemplo, o cómo hacer una notificación
adecuada de terminación de lease". Deben pedir las
respuestas del landlord por escrito y firmadas por él.
Para Mercado
es importante conocer las reglas de cada propietario porque algunos
difieren de otros en ciertos aspectos, como el tiempo de arrendamiento
si es semana a semana, mes a mes lo que incluyen en los servicios,
pero enfatiza que "no puede haber filtraciones, falta de
agua caliente, cucarachas, goteras, si el propietario viola cualquiera
de estos reglamentos el inquilino debe comunicar la queja por
escrito y quedarse con una copia como prueba. Si la situación
continúa debe tomar fotos y reunir otras evidencias de
cuál es el problema, porque cuando se va a la Corte hay
que presentar todo eso".
Otra medida
de presión que funciona muchas veces, según el especialista
de Florida PIRG es llamar al departamento de Code Enforcement
(cumplimiento del código) de la municipalidad o condado,
según cuál prevalezca o tenga jurisdicción
directa en la zona. "Si Code Enforcement viene a ver el
problema le puede hacer pagar una multa al casero y también
puede rastrear un patrón de comportamiento de no mantenimiento
de un complejo, lo que acarrear problemas legales".
Ante
cualquier duda y para protegerse lo mejor es recurrir a un abogado,
ya sea a través de una organización de ayuda a la
comunidad o mediante el servicio de referidos del la Florida Bar
Association (Colegio de Abogados de Florida) para recibir orientación
o hasta contratar sus servicios de representación en la
Corte. Aunque se trata de un litigio civil que el inquilino
puede llevar adelante por su cuenta, los arrendadores cuentan
siempre con buenos abogados para defender su parte. Si el reclamo
se lleva a una corte civil, quien gane el caso recobrará
los costos de juicio, corte y honorarios de abogados que haya
gastado y serán pagado por su contraparte, indican los
estatutos.
La siguiente
información introductoria y sintetizada que aclara conceptos
y procedimientos sobre la relación entre el arrendador
y el inquilino ha sido tomada, traducida y resumida del Renter's
Rights Handbook con autorización de Florida PIRG,
así como de los estatutos de Florida. Este completo manual
puede leerle online en inglés en www.floridapirg.org/home,
hacer click en la columna derecha donde está el título,
también pueden ordenar una copia en papel si se les remite
un cheque por $10 que incluye el envío por correo. Se recomienda
leer la ley completa, porque tiene muchos detalles que pueden
ser de importancia y aquí no se cubren todos los aspectos.
Sobre la
duración del período de renta:
"Un acuerdo de renta rige el alquiler de un lugar específico
por una cantidad de tiempo específico. Un acuerdo por un
año o más debe estar por escrito o de lo contrario
no es válido, pero un acuerdo más corto puede ser
oral o escrito. Si el acuerdo no especifica el período
de duración del alquiler o cómo se termina el contrato,
entonces entra en vigor al calendario de pago". Esto
quiere decir que si la renta se paga semanalmente, entonces el
acuerdo de alquiler es por semana, si se paga mensual, es por
mes, etc. y se pro-ratea por día. "El casero debe
especificar todas las reglas y pagos que planea imponer".
Depósitos, meses por adelantado, multas por pagos tardíos,
etc.
Los estatutos
dicen muy claro que a menos que se llegue a un arreglo específico,
la renta debe pagarse sin que se demande su pago y sin que se
reciba notificación para eso. La persona no recibe una
factura o pedido de abonar el alquiler, sino que debe hacerlo
directamente al inicio del periodo de renta.
Los acuerdos
orales son más sencillos, pero también es difícil,
apunta el manual de PIRG, hacer cumplir las promesas hechas por
el casero cuando nada se tiene por escrito. Y el landlord puede
terminar el acuerdo oral con notificación apropiada en
cualquier momento.
El contrato
de alquiler
"Los acuerdos escritos contienen
obligaciones para el casero y el inquilino. A menos que el contrato
diga lo contrario, el casero no puede aumentar la renta durante
el término de duración del contrato".
Pero el inquilino está obligado a cumplir con la renta
por la cantidad de tiempo determinada en el lease aunque no esté
viviendo en el departamento. "En Florida el casero no tiene
que hacer ningún esfuerzo especial de volver a rentar su
apartamento si usted ha infringido el contrato al mudarse antes".
Cualquier modificación que se le haga al contrato debe
llevar las iniciales del landord y del tenant (inquilino).
"Cuando
ocurra un disputa, revise el contrato y luego refiérase
a la Ley Residencial del Arrendador y el Inquilino de Florida".
La ley de Florida exige que ambas partes actúen de buena
fe. Las cláusulas desrazonables, aquéllas fuera
del alcance de una persona ordinaria, son prohibidas en un contrato
de arrendamiento y la Corte puede invalidar la cláusula
y hasta el acuerdo completo. Adicionalmente, si un contrato
excluye cualquier derecho especificado en la ley de inquilinato
o limita cualquier responsabilidad legal del casero o arrendatario,
esa cláusula no se podrá hacer cumplir, es inválida.
Tampoco aquellas que liberan de culpa al casero cuando actúe
negligentemente o incorrectamente, y sólo queda exculpado
si la situación estaba bajo el exclusivo control del inquilino.
No se puede reducir el tiempo de notificación de terminación
del contrato que por ley debe ser de 60 días previos a
la finalización de un periodo de un año, para contratos
anuales; 30 días antes de terminar periodos de renta de
tres meses; 15 días para contratos mensuales y 7 días
para los semanales (ver 83.57 de los estatutos). La pérdida
automática del depósito tampoco es permitida. El
inquilino está obligado a pagar por el tiempo de renta
que le resta a su contrato si se muda antes. La ley floridana
no acepta tampoco la pre-admisión de culpa que indica que
ante cualquier disputa el inquilino se hace responsable de antemano.
PIRG recomienda mirar con cuidado términos en el contrato
que digan "liquidated damages" (daños por liquidación)
y "forfeiture to the landlord in the event of a breach of
the lease" (confiscación del casero por infringir
contrato). El arrendatario debe evitar cláusulas indeseables
como ésas, aunque no son ilegales, y debe procurar negociar
con el arrendador para borrarlas del lease. Otras son la renovación
automática, que el inquilino obedecerá todas las
futuras reglas del casero, que nadie sino el inquilino y su familia
inmediata pueden vivir en el apartamento (porque prohíbe
sub-rentar y la visita extendida de amigos y familiares), que
la renta puede aumentar (por lo general por impuestos y aumentos
de costos de operación y servicios), entrada al apartamento
sin anunciar e ilimitadamente, entre otras. Si compañeros
de casa comparten el apartamento todos deben firmar el lease para
que nadie salga perjudicado. No se deben dejar espacios en blanco
ni que el casero los rellene luego. Siempre hay que guardar una
copia del contrato.
Depósito de seguridad
El inquilino no deberá usar su depósito de seguridad,
reservado para cubrir daños que pudiera causarle al sitio
rentado, para cubrir el último mes de alquiler. "El
término de 'dinero depositado' incluye depósitos
por daños, depósitos de seguridad, renta adelantada,
depósito por tenencia de mascota y cualquier otro depósito
contractual acordado por el casero y el arrendatario". Es
importante obtener un recibo por el depósito dado o escribirlo
en el contrato que va a firmarse. El depósito puede ser
puesto en una cuenta sin intereses, pero si el caseo lo coloca
en una cuenta con intereses debe darle al inquilino el 5% de interés
o el 75% de lo que rinda en intereses y debe notificar por escrito
dentro de los 30 días de haber recibido el depósito
cómo lo planifica guardar.
Al terminar el contrato y una vez que el inquilino se ha mudado,
por ley el casero tiene que devolver el depósito en 15
días, si no intenta reclamarlo. Si lo va a pedir para cubrir
servicios de limpieza, remoción de basura, pintar y reparar
paredes, hacer reparaciones de techo, de plomería y por
no pagar la renta después de mudarse, entonces tiene 30
días para notificar por escrito, si no lo hace entonces
pierde el derecho a ese reclamo y debe devolverlo. Si el landlord
va a usar el depósito y el inquilino quiere hacer una disputa
por no estar de acuerdo con esos gastos, tiene 15 días
para enviar esa notificación desde que recibiera la del
casero. Si el arrendador ni reclama el depósito ni lo devuelve,
entonces el inquilino puede llevarlo a la Corte y la parte ganadora
correrá con todos los gastos.
Aumentos
de la renta y pagos
"Con un acuerdo escrito, el casero no puede aumentar la
renta a menos que esté especificado en el contrato. Su
casero podrá aumentar la renta bajo un contrato oral, a
menos que específicamente haya acordado que no. Su arrendador
debe darle la misma notificación para un aumento de renta
que es requerida para una terminación, para darle una oportunidad
de mudarse si no desea pagar la nueva tarifa".
Si tiene
problemas para pagar la renta lo mejor es avisar con anticipación
al casero y tratar de llegar a un arreglo amigable, para evitar
ser expulsado de la propiedad.
Las multas por pagos tardíos son aceptables si están
incluidas en el contrato.
Dejar el apartamento impecable
Al mudarse, además de darle la nueva dirección al
casero, el inquilino debe limpiar detalladamente todo el lugar
y dejarlo tal cual como lo recibió cuando se mudó.
Tener fotos de las condiciones previas del espacio y de cómo
se está dejando ayuda para recuperar el depósito.
También pedirle al casero estar presente cuando inspecciona
el recinto.
Los deberes del inquilino:
1- Seguir y respetar todos los códigos de construcción,
vivienda y salud aplicables.
2- Mantener su parte del edificio limpia y en buenas condiciones
sanitarias.
3- Disponer y botar la basura adecuadamente.
4- Mantener todos los grifos y aditamento de plomería limpios
y en buenas condiciones.
5- Usar los equipos y electrodomésticos de forma razonable
y cuidadosa.
6- No dañar, destruir o remover ningún objeto o
equipo del apartamento.
7- No perturbar a los vecinos ni interrumpir la paz y pedir que
sus huéspedes se comporten acordemente.
Los deberes del arrendador cuyo incumplimiento justifican la
retención de la renta por incumplimiento de contrato:
1- Mantener la vivienda en conformidad con todos los códigos
de construcción, vivienda y salud. Si no hay códigos
que apliquen, entonces debe mantener los componentes estructurales
y plomería en buen estado y reparación (esto no
aplica a casa móviles, casas u otras estructuras que sean
propiedad del inquilino y los requerimientos pueden modificarse
por escrito para duplexes y viviendas unifamiliares).
Los deberes del arrendador cuyo incumplimiento no justifican
la retención de la renta (no aplican para viviendas uni-familiares,
duplexes, casas móviles propiedad del inquilino):
1- Exterminar insectos y roedores con una notificación
de 7 días de antelación para fumigación y
no puede requerir que el inquilino esté fuera por más
de 4 días. Debe reducir la renta por los días que
le obligó estar fuera, pero no es responsable por el pago
de arreglos de estadía.
2- Proveer cerraduras y llaves.
3- Mantener las áreas comunes limpias y seguras.
4- Proveer cestos de basura exteriores y arreglar la recogida
de basura.
5- Mantener calefacción y agua corriente caliente y fría
durante el invierno.
6- Instalar detectores de humo (requerido para casas unifamiliares,
duplexes, a menos que acuerden de otra manera).
Es
importante que el inquilino sepa en qué se involucra al
retener la renta y lo mejor es que antes de hacerlo busque la
asesoría de un abogado.
Quejas por infracción al código de vivienda
"Los caseros deben cumplir legalmente con los códigos.
Los inspectores de vivienda ponen particular atención a
los problemas estructurales como techos con goteras, pisos inestables
y puertas rotas". Las quejas se someten con los departamentos
de Code Enforcement de la municipalidad o el condado. Algunos
consejos del manual de PIRG son:
1- Limpiar
el apartamento antes de que llegue el inspector.
2- Llevarlo para ver otros apartamentos con problemas similares
o relativos al código de vivienda, para demostrar la negligencia
del casero.
3- Colectar y mostrarle la mayor cantidad de evidencia (por ejemplo
si las cucarachas salen sólo de noche, tener unas cuantas
muertas para enseñarle).
4- Darle una lista de todas las violaciones de código del
landlord.
5- Tomar el nombre del inspector y acompañarlo en toda
la inspección para que no pase por alto nada.
Procedimiento
de desalojo
"La ley de Florida prohíbe a los caseros remover
a los inquilinos sin haber pasado por un procedimiento de corte
(desalojos hecho por cuenta propia). Su casero no puede desalojarlo
sin una orden del juez. Y si el sheriff se parece para expulsarlo
tienen que tener una orden de la corte. La única excepción
es si ha abandonado legalmente el lugar alquilado (el inquilino
está ausente del lugar por un periodo de tiempo igual a
la mitad del tiempo de un periodo de pago de renta)".
El procedimiento es complejo y hay cantidad de aspectos que deben
cumplirse, poer esto es preciso revisar en detalle la ley y buscar
asesoría de un abogado.
Adónde
acudir por ayuda
Una serie de entidades de apoyo a la comunidad brindan orientación,
asesoría legal a bajo costo o refieren a otras que saben
pueden ayudar, si no pudieran manejar un caso por su complejidad.
La Florida Bar Association ofrece servicios como teléfonos
de referencias y una gran variedad de respuestas a preguntas básicas
en temas legales: T + 850- 561-1200, una guía en
inglés puede ser pedida por teléfono o vía
carta a The Florida Bar (Colegio de Abogados de la Florida), Call-A-Law
Program, 651 E. Jefferson Street, Tallahassee, Florida 32399 y
que envían por correo normal. También tienen
un servicio de referencia de abogados para asegurar a los clientes
que el profesional que lleva el caso está registrado en
el colegio. Llamar al T + 1-800-342-8011. Dan esta
información en un folleto por correo si se pide a Consumer
Pamphlets, The Florida Bar, 651 E. Jefferson Street, Tallahassee,
Florida 32399-2300. Este servicio de referencia también
incluye un programa especial para personas de bajos recursos,
ancianos, personas con discapacidades o con Sida. Si se califica
para el programa entonces se reciben 30 minutos de consulta sin
cargo con abogados del colegio. Para información de este
programa hay que comunicarse con T + 800-342-8011.
Aquí
va una lista de entidades que pueden prestar apoyo (algunas agencias
fueron tomadas de la lista del manual de PIRG):
Miami-Dade
Miami-Dade
County Courthouse
73 West Flagler St, Suite # 242, Miami, FL 33130
T + 305-275-1155 - 9:00 am - 4:00 pm.
www.miami-dadeclerk.com
CASA
7925 NW 12th St, Suite 414, Doral, 33126
T + 305-463-7468 Ext 101.
Los lunes a partir de las 6:30 pm tiene abogados voluntarios,
con cita previa.
Miami-Dade
Code Enforcement
111 NW 1st Street
Miami, FL 33177
T + 305-375-2333.
Legal Services
of Greater Miami
3000 Biscayne Blvd., Suite 500
Miami, FL 33137
T + 305- 576-0080.
Miami Acorn
1380 West Flagler St. Miami, FL 33135
T + 305-644-3005.
Miami Legal
Aid Society
123 NW 1st Ave.
Miami, FL 33128
T + 305-579-5733
Put something
Back
123 NW 1st Ave, Miami FL 33128
T + 305-579-5733.
8:30 pm a 4:30 pm.
Miami Beach
Code Enforcement Department
505 17th Street
Miami Beach, FL 33139
T + 305-673-7555.
Broward
Broward
County Courthouse
201 S E 6th Street
Fort Lauderdale, FL 33301
T + 954-831-6565.
www.clerk-17th-flcourts.org.
Legal Aid
Services of Broward County
491 N SR7 441, Plantation, FL
T + 954-765-8950.
Palm
Beach County
Palm Beach
Courthouse
205 N. Dixie Highway.
West Palm Beach, FL
T + 561-355-2996
Florida
Rural Legal Services
3111 Dixie Hwy, Suite 140
West Palm Beach, FL 33401
T + 561-820-8902
Florida Rural Legal Services
1500 NW Avenue L Suite A
Belle Glade, FL 33430
T + 561-993-0003
Legal Aid
Society
(desalojos)
423 Fern Street Suite #200
West Palm Beach, FL 33401
T + 561-655-8944.
Florida
Housing Discrimination:
T + 1-800-342-8170
http://fchr.state.fl.us/fchr/file_a_complaint
Federal Housing Discrimination
T + 1-800-669-9777
www.hud.gov/complaints/housediscrim.cfm
Statewide
Housing Discrimination
Florida Commission on Human Relations
1-800-342-8170
Federal Discrimination Number
1-800-669-9777
Florida
PIRG
926 E. Park Ave.
Tallahassee, FL 32301
T + 1-850-224-3321
www.floridapirg.org
Foto:
Kala Moiré
Feb
2010

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