Se
mantiene obligatoria la cobertura de daños a la propiedad
Restauran seguro de auto PIP desde Ene 08
El
1ro. de octubre expiró una ley de Florida que exigía
como obligatorio tener el seguro de autos PIP (Personal Injury
Protection), pero cuatro días más tarde la Legislatura
del estado aprobó reinstaurarla con algunos cambios. Continúa
asimismo en vigencia el requerimiento de tener cobertura de seguro
por daños a la propiedad para registrar un vehículo
o renovar su placa. La legislatura discutió el tema en
sesión especial desde el 3 de octubre de 2007 para hacer
los cambios. Y el gobernador Charlie Crist ya firmó la
nueva ley que entrará en vigencia desde el 1ro. de enero
de 2008. Contiene reformas relativas a la cantidad de honorarios
que podrá cobrar un abogado por demandas de accidentes
de tránsito y protección contra el fraude en gastos
médicos, entre otras.
Según
explica el Departmento de Servicios Financieros de Florida (Florida
Department of Financial Services), entidad con sede en Tallahassee
y encargada de regular a las agencies de seguros, es obligatorio
para manejar un carro tener un mínimo de $10.000 de Personal
Injury Protection (PIP, protección personal contra
heridas o lesiones), $10.000 de Property Damage Liability (cobertura
contra daños a la propiedad de terceros) y si ya la persona
ha estado en un accidente se le puede requerir que tenga cobertura
Bodily Injury Liability (cobertura con lesiones personales)
de al menos $10.000 por persona y de $20.000 por ocurrencia, para
cumplir con la Ley de Responsabilidad Financiera (Financial Responsibility
Law).
El carácter
obligatorio de la porción PIP expiró el 1ro. de
octubre de 2007 y en sesión especial de la Cámara
de Representantes y el Senado de Florida se llegó a un
acuerdo el 5 de octubre de 2007 para aprobar una legislación
de reforma a la "Motor Vehicle No-Fault Law" (Ley Sin
Culpa de Vehículos Motorizados de Florida), que tenía
30 años vigente, que lo reinstaura desde enero 2008.
Alex Sink,
Tesorera del Departamento de Servicios Financieros declaró
desde su oficina en la capitalina Tallahassee: "Gracias a
las acciones de nuestros esforzados legisladores, la Ley Sin Culpa
de la Florida será reformada y reinstaurada. Aplaudo al
Senador Posey, al Representante Bogdanoff y a nuestros líderes
legislativos por su éxito en desarrollar un proyecto de
reforma de la ley que proteja a los conductores de la Florida,
que establezca controles de costos y que ayude a combatir mejor
el fraude de seguros. Además, insto a todos los conductores
de la Florida a contactar a sus agentes de seguros para asegurarse
de que tienen la cobertura de seguros adecuada para protegerse
y proteger sus activos, antes de que la nueva ley entre en vigencia
el 1 de enero de 2008".
Al respecto,
Modesto Burgos, Vocero de la División de Licencia de Conducir
de Florida dijo a El Paracaidista que a todo el mundo se
le requería tener su seguro de cobertura contra daños
a la propiedad, desde el 1ro. de octubre de 2007, e indicó
claramente: "Una placa no será renovada ni emitida
sin eso [Property Damage Liability]. Fallar en tener la
cobertura de seguro contra daños a la propiedad puede resultar
en una multa de $500 y 60 días en la cárcel".
Al recibir la noticia de aprobación de la nueva ley, la
División de Licencia de Conducir de Florida declaró
lo siguiente: "La Legislatura aprobó la proposición
de re-establecer la Ley de No-Culpabilidad de la Florida la cual
entrará en efecto el primero de enero del 2008. La
ley también provee la autoridad al Departamento de Seguridad
y Vehículos Motorizados de suspender el privilegio de conducir
a cualquiera que no posea cobertura de seguro a daños a
la propiedad siendo esta efectiva desde el 11 de octubre del 2007.
Aunque a los conductores no se les requiere obtener cobertura
de seguro de daños personales hasta enero del 2008 [PIP],
todos los conductores deben mantener prueba de seguro de daños
a la propiedad o encarar sanciones por el Departamento de Seguridad
y Vehículos Motorizados. La ley fue firmada por
el Gobernador Crist el 11 de Octubre del 2007. Para más
información, por favor visite: www.fldfs.com".
También advertía que "en la eventualidad de
un accidente, los conductores, independientemente de culpabilidad,
tendrán que presentar prueba de cobertura por daños
a la propiedad. Aquellos no asegurados encaran una multa de hasta
$500 y 60 días de cárcel. Los que cometan infracciones
por exceso de velocidad u otras que no involucren un accidente,
no se les será requerido presentar información sobre
su seguro (
)".
Por su parte,
Sink aconsejó resguardarse estos meses hasta que entre
en vigencia la nueva ley, si la persona no tiene cobertura, va
a adquirirla por primera vez o a renovarla. "Hasta fines
del 2007, sin embargo, usted puede ser económicamente responsable
de los accidentes automovilísticos si es el conductor en
falta. O puede encontrarse en la situación de tener un
accidente en el que el otro conductor no pueda pagar sus facturas
médicas. Es muy importante que los consumidores revisen
sus pólizas de seguro y compren la cobertura adecuada en
caso de accidente. Les recomiendo a todos los conductores de la
Florida comprar una cobertura de seguro de automóvil lo
suficientemente completa para que usted y su familia reciban un
tratamiento médico adecuado y para proteger sus bienes
en caso de que usted esté en un accidente. Si necesita
ayuda, contacte a su agente de seguros o llame a nuestra Línea
de Ayuda al Consumidor al 1-800-342-2762".
Para actualizaciones sobre la nueva ley y ver las reformas, conectarse
al website de la Legislatura de Florida en: www.myfloridahouse.gov
(Cámara de Representantes, en inglés) y buscar Bill
H-0013C. Se recomienda revisar el sitio del Florida Department
of Financial Services: www.fldfs.com
o llamar a su línea de ayuda al consumidor en español
T + 1-800-342-2762. Tienen un sección de preguntas
y respuestas sobre seguros de autos y sobre la ley Sin Culpa de
Vehículos Motorizados, que puede accederse en español
si se elige esa opción, aunque hay partes únicamente
en inglés, ver el enlace aquí:
http://myfloridacfo.com/NoFault/NoFault.asp.
